El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite sendos recursos de inconstitucionalidad promovidos por la Generalitat de Cataluña y el Gobierno vasco contra la reforma que rige el propio órgano con el fin de reforzar sus facultades para hacer cumplir sus resoluciones.
Una reforma, aprobada el pasado mes de octubre, y que modifica la Ley Orgánica 2/1979 del Tribunal Constitucional.
La admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del asunto, que el Tribunal resolverá en los próximos meses, ni tampoco suspende la vigencia de la ley.
De momento, se ha dado traslado de las dos demandas al Congreso, al Senado y al Gobierno, que disponen de un plazo de 15 días para personarse y formular las alegaciones que estimen oportunas.
La norma cuestionada detalla un régimen específico de actuación para los supuestos en que alguien no ejecute las sentencias del TC, que «velará por el cumplimiento efectivo de sus resoluciones». «Podrá disponer en la sentencia, o en la resolución, o en actos posteriores, quién ha de ejecutarla, las medidas de ejecución necesarias y, en su caso, resolver las incidencias de la ejecución», según reza su exposición de motivos.
El recurso admitido ahora a trámite fue interpuesto el pasado mes de diciembre por los gobiernos catalán y vasco. La primera fue la Generalitat, que cuestiona en su recurso que la reforma permita multar a cargos y empleados públicos que incumplan sus resoluciones, mientras que la impugnación del Gobierno Vasco se centra en el hecho de que, en último término, la reforma permita al tribunal de garantías sancionar a quienes incumplan sus sentencias e intervenir en las autonomías, sin garantías».
La reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) se publicó en el BOE el pasado 17 de octubre tras ser aprobada en el Pleno del Senado con el voto a favor del PP y de UPN, la abstención de Ciudadanos y el voto en contra del PSOE, Entesa, CiU, PNV y el resto del Grupo Mixto.