Triana Martínez y Montserrat González, hija y madre, las dos están acusadas de un delito de asesinato, junto a la policía local de León, Raquel Gago. EP.

Las asesinas de Isabel Carrasco absueltas de traficar con marihuana

4 / 03 / 2016 10:27

Actualizado el 04 / 03 / 2016 10:28

La Audiencia de León ha absuelto a Montserrat González y a su hija Triana, declaradas culpables del crimen de la expresidenta de la Diputación de León Isabel Carrasco, del delito contra la salud pública por el que habían sido condenadas, en sentencia de 7 de octubre de 2015, a raíz de la droga encontrada en el domicilio de Triana.

Por este delito, ambas habían sido condenadas a año y medio de prisión y al pago de una multa de 3.000 euros.

No obstante, la Sección Tercera de la Audiencia  Provincial de León ha decidido estimar el recurso de apelación solicitado por el procurador que representa a madre e hija y ha absuelto a ambas porque, aunque reconoce la existencia de la droga, no considera probado que su finalidad fuera comerciar con ella.

La Policía encontró en la casa de Triana Martínez 620 gramos de marihuana, de una riqueza del 6,39 por ciento y un valor en el mercado cercano a los 3.000 euros, cuando efectuó el registro posterior al crimen de la política leonesa. Además, también se intervinieron diversos soportes digitales, varios ordenadores y un teléfono móvil, que contenían fotografías de madre e hija con la plantación de marihuana que poseían en Carrizo de la Ribera y en las que se reflejaba el crecimiento de las plantas.

Unos hechos que la sentencia de la Audiencia  Provincial de León ha considerado probados, no obstante, cree que no «ha quedado probado que las dos acusadas tuvieran en su poder la droga para comerciar con ella, sino que la droga pertenecía a Monserrat que la tenía para consumo propio y que la cultivaba en un huerto sito en la localidad de Carrizo de la Ribera».

Así, la Audiencia Provincial de León ha considerado que no está demostrado que la droga intervenida estuviese «preordenada al tráfico» y cree, sin embargo, que «es posible» que tuviera una finalidad terapéutica por parte de Montserrat como medio de aliviar los dolores de espalda, según ella afirmó en el juicio.

En cuanto a la cantidad, 620 gramos, la sentencia ha estimado que se corresponde a un consumo de un mes y medio y que se puede considerar «razonable teniendo en cuanta el problema terapéutico de la acusada» y para evitar así «acudir al mercado clandestino». Razón por la cual Montserrat optó por el cultivo domestico para autoabastecerse.

En este sentido, la sentencia ha agregado que no existe ningún indicio de que la droga intervenida a las acusadas se hallase destinada al tráfico porque «no hay balanzas, ni bolsas, ni precintos, ni tampoco anotaciones conocidas». (EP)

Noticias relacionadas:

La Ley de Segunda Oportunidad exonera a una deudora de buena fe de pagar 71.594 euros

El Supremo obliga a AENOR a pagar la gratificación íntegra de jubilación a una trabajadora en jubilación parcial

“Un minuto de conclusiones”: el tiempo de los jueces que corre en contra de abogados y representados

El depósito judicial de Málaga sufre 16 asaltos para robar pruebas

El exalcalde de Ponferrada, Pedro Muñoz, condenado a 16 años y 11 meses por maltrato y lesiones agravadas a su exmujer

Arranca el juicio contra Rodrigo Rato por defraudar a Hacienda 8,5 millones, supuestamente

Lo último en Tribunales

Guardia civil de espaldas.

La Guardia Civil abre expediente disciplinario al capitán de la UCO implicado en el ‘caso Leire Díez’ y lo suspende de funciones, cautelarmente

leire diez en plaza de castilla

El PSOE eleva a 44.859 euros los pagos reconocidos a Leire Díez como asesora de comunicación

Policía Nacional(1)

El TSJ de Madrid anula la exclusión de un aspirante a Policía Nacional por la pérdida traumática del bazo

stradivarius zara despido

Un holding uso datos de dos empresas para despedir a una empleada: el juez condena con 5.000 € por vulneración de la intimidad

Ferrer y Martínez Arrieta compiten por presidir la Sala Penal del TS y Teso y Lucas, por lo Contencioso-Administrativo

El Supremo pone freno a las empresas: las cláusulas que permiten cambiar unilateralmente la jornada son nulas