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El Colegio de Abogados de Madrid en contra del Acuerdo del TS de limitar la extensión de los recursos de casación

6 / 05 / 2016 16:51

Actualizado el 06 / 05 / 2016 16:52

El Colegio de Abogados de Madrid se ha pronunciado en contra de las restricciones contenidas en el Acuerdo del Tribunal Supremo para reducir los recursos de casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrivo, lo cual afecta al derecho de defensa.

«Una vez conocido el acuerdo de fecha 20 de abril de 2016 del Tribunal Supremo sobre ‘Proyecto de acuerdo sobre la extensión máxima y otras condiciones extrínsecas de los escritos procesales referidos al Recurso de Casación ante la Sala Tercera’, el Colegio de Abogados manifiesta su rechazo a los condicionantes que se imponen al ejercicio del Derecho de Defensa y, especialmente, a las obligaciones impuestas a los abogados», dice en un comunicado hecho público hoy.

«Esta Institución queda a la espera de la próxima reunión que tendrá lugar, el día 25 de mayo, en el Consejo General de la Abogacía Española, en la que el presidente de la Sala Tercera, Luis María Díez Picazo, expondrá las normas, su motivación y alcance», añade.

El Colegio de Abogados de Madrid avanza que «tomará las medidas oportunas en defensa de los derechos de los abogados de Madrid, con independencia de las que adopte el Consejo General de la Abogacía Española».

Según el documento del Supremo, “los escritos de interposición y contestación tendrán una extension máxima de 50.000 ´caracteres con espacio´, equivalente a 25 folios. El texto figurará en una sola cara de la hoja (anverso) y no en ambas (anverso y reverso)”.

Más adelante establece que la fuente del texto tiene que ser “times new romans”, con un tamaño de 12 puntos en el texto y de 10 puntos en las notas a pie de página.

Además fija que el interlineado del texto sea de 1,5, y, “los márgenes horizontales y verticales (superior, inferior, izquierdo y derecho)” sean “de 2,5 centímetros”, entre otras condiciones.

Margarita Robles, magistrada de la Sala Tercera, mostró su disconformidad con este acuerdo en un escrito -este de 29 de febrero- en el que recuerda que el articulo 87 bis de la Ley de Contencioso Administrativa establece que se “podrá determinar…, pero “en ningún caso lo impone como obligación”.

“Resulta sorprendente que la Sala de Gobierno tenga que entrar a regular aspectos puramente formales como la letra a utilizar, interlineado o márgenes de los escritos”, dice Robles en su escrito.

Y se pregunta: “¿Cuál será la consecuencia que se derivará de un posible incumplimiento o ‘medición’ inadecuada de tales extremos?. Entiendo que cualquier inadmisión del recurso por tales razones resultaría claramente vulneradora del derecho a la tutela judicial efectiva proclamado en el artículo 24 de la Constitución”.

El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) hizo público ayer una nota de prensa en al que especificaba que no había emitido ningún informe ni ha dado conformidad alguna al documento aprobado por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo (TS), el pasado 20 de abril, por el que se limita la extensión de los escritos de interposición de los recursos de casación dirigidos a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS.

CONTENIDO DEL ACUERDO:

DEF SALA DE GOBIERNO DEL TS – ACUERDO05052016

 

 

 

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