El TSJ de Aragón deniega la suspensión del nuevo horario de religión solicitada por obispos

El TSJ de Aragón deniega la suspensión del nuevo horario de religión solicitada por obispos

2 / 09 / 2016 07:56

Actualizado el 16 / 03 / 2021 12:31

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha denegado la medida cautelarísima solicitada hoy en el recurso presentado por los obispos aragoneses para que suspendiera la ejecución del nuevo horario de religión en Primaria establecido por el Departamento de Educación para los centros públicos.

Los obispos pretendían parar la distribución horaria en el inicio del curso 2016-2017 prevista en la orden del Gobierno autonómico que aprueba el currículo de Educación Primaria y que otorga 45 minutos semanales a la asignatura de Religión, cuando hasta el curso anterior eran 90.

Sin embargo, en su auto, el TSJA afirma que no aprecia «la concurrencia de circunstancias de especial urgencia para adoptar tal medida sin oír a la parte contraria, al no poder afirmarse, a los únicos efectos de esta resolución, que la demora en la resolución sobre la suspensión pueda causarle perjuicios de difícil reparación, ni tampoco que la resolución que en su día se pueda dictar sobre ella en la presente pieza pueda carecer de efectividad».

La resolución judicial insta a la Administración demandada, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, a que presente en el plazo de 24 horas las alegaciones que estime oportunas en relación a esta suspensión.

Los obispos, además de presentar medidas cautelarísimas también las ha presentado cautelares, sobre las que todavía debe pronunciarse el citado tribunal.

El recurso ha sido presentado este jueves, 1 de septiembre, por los arzobispado de Zaragoza y los obispados de Teruel y Albarracín; Huesca; Jaca, Tarazona y de Barbastro-Monzón a una orden que fue publicada por el Ejecutivo autonómico el pasado 12 de agosto.

El escrito judicial argumenta que esta orden contraviene los Acuerdos suscritos entre el Estado Español y la Santa Sede en 1979, que tienen rango de tratado internacional, va contra el derecho de elección de los padres y contra los derechos de los trabajadores, en este caso, de los profesores de Religión. (CONFILEGAL/EP)

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