El vídeo sexual de los jugadores del Eibar vuelve a poner el foco sobre el «sexting»
Los dos jugadores de la Sociedad Deportiva Eibar Sergi Enrich y Antonio Luna que aparecen en un video de contenido sexual difundido en las redes.

El vídeo sexual de los jugadores del Eibar vuelve a poner el foco sobre el «sexting»

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08/10/2016 06:58
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Actualizado: 08/10/2016 08:12
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El vídeo de los dos jugadores de la Sociedad Deportiva Eibar Sergi Enrich y Antonio Luna manteniendo relaciones sexuales con una joven, difundido a través de las redes sociales, sin que ella hubiera prestado la autorización para su difusión ha vuelto poner el foco sobre el delito de «sexting».

La joven ha presentado la denuncia ante la Ertzaintza por el daño causado a su imagen que ha producido la difusión del vídeo sin su consentimiento. En un momento de la citada grabación, que se realizó hace un año, la chica se da cuenta de que está siendo grabada y dice «para, eso no», mostrando su rechazo a que se filmase el acto. Algo que ocurrió y que ahora se a hecho pública.

El «sexting» es la remisión de fotos con contenido sexual o pornográfico (las que suelen tomarse las mismas personas que posan en las fotos) y que se envía por Internet o a teléfonos celulares. La palabra es una mezcla de sex (sexo) y el verbo inglés creado para el envío de sms (texting).

En España es un delito tipificado  en el Código Penal, tras la reforma que entró en vigor en julio de 2015, tipifica como delito contra la intimidad y el derecho a la propia imagen la divulgación no autorizada de imágenes íntimas obtenidas con el consentimiento de la víctima, pero luego difundidas sin que ésta lo sepa.

El texto, que contempla pena de prisión, modificó el del año 1995, en el que el tipo penal que existía para este supuesto se refería a la difusión, revelación o cesión de imágenes de personas físicas, a las que se hubiera accedido sin autorización.

Desde el verano pasado el artículo 197.7 del Código establece que se castigará con una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses las conductas consistente en la difusión sin autorización de imágenes captadas con autorización.

También penaliza el código la difusión de imágenes después de la obtención de éstas sin autorización en el artículo 197.3. «Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refieren los números anteriores. Será castigado con las penas de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses, el que, con conocimiento de su origen ilícito y sin haber tomado parte en su descubrimiento, realizare la conducta descrita en el párrafo anterior». añade.

A través de un comunicado, los futbolistas han «lamentando» que la difusión del vídeo «pueda dañar su imagen, y especialmente la del club» armero.

Es más, han asegurado que «son conscientes de que los futbolistas profesionales deben dar ejemplo en todos los ámbitos, especialmente a los niños», razón por la que piden «disculpas si este incidente ha podido herir a alguien».

Por todo ello, también han pedido disculpas «por el daño que pueda suponer la divulgación del vídeo a la imagen» de la mujer que aparece en el mismo. Y aseguran que ellos no lo difundieron.

Ahora, tras la denuncia de esa mujer habrá una investigación.

El caso de Olvido Hormigos

Uno de los casos más recientes y conocidos de ‘sexting’ es el de Olvido Hormigos, concejala socialista en el Ayuntamiento de Los Yébenes (Toledo) que vio, en 2012, cómo un video erótico protagonizado por ella misma circulaba por Internet, sin su autorización.

Hormigos denunció la difusión del vídeo por ‘WhatsApp’. Por estos hechos, un futbolista local con el que mantenía una relación amorosa fue imputado.

Sin embargo, la juez que llevó el caso entendió que no procedía hablar de delito contra la intimidad cuando la denunciante reconoció que, en el ámbito de la relación íntima que mantenían, le envió el vídeo en varias ocasiones de forma voluntaria a través del sistema de mensajería Whatsapp.

Este caso se produjo antes de la modificación del Código Penal.

Otros casos de sexting

Uno de los casos más recientes es el de Tiziana Cantone,  de 31 años, que se ahorcó en septiembre en el sur de Italia, tras ser humillada al haberse convertido en objeto de todo tipo de burlas sexuales por un video suyo en internet, pasó a ser el símbolo de una polémica nacional que aboga por el derecho al olvido en las redes sociales y también cuestiona los alcances del matoneo a través de los medios virtuales.

El suicido de esta joven fue el desenlace de una historia que empezó hace un año, cuando ella envió a su exnovio, así como a varias amigas, un video de ella haciendo el amor con un amante. Un vídeo que se colgó en en las redes sociales.

Otro caso emblemático es el de un adolescente de Florida, que reenvió la foto desnuda de su ex novia a decenas de amigos y de familiares de la chica. El caso terminó en una condena por difusión de pornografía infantil. El chico estará durante 5 años en libertad vigilada y su nombre fue añadido al registro de delincuentes sexuales, donde permanecerá hasta que tenga 43 años.

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