Los 9 cambios que introduce la reforma de la Ley Electoral propuesta por el PP

Los 9 cambios que introduce la reforma de la Ley Electoral propuesta por el PP

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19/10/2016 06:59
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Actualizado: 18/10/2016 22:42
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El pleno del Congreso ha dado este martes luz verde con una amplísima mayoría (268 votos a favor, 16 en contra y 53 abstenciones) a la toma en consideración de la reforma de la Ley Electoral destinada a impedir que unas hipotéticas terceras elecciones se celebren el día de Navidad en el caso de que la investidura de Mariano Rajoy no salga adelante.

Estos son 9 cambios que introduce  la reforma de la Ley Electoral propuesta por el PP:

1.- Se reduce de 54 a 47 días el periodo desde la convocatoria de las elecciones hasta la celebración de los comicios.

2.- La campaña electoral pasa de quince a ocho días de duración. Se reduce a la mitad el tiempo gratuito de publicidad electoral en los medios públicos del que disfrutan las diferentes candidaturas.

3.- Se incluye un artículo instando a las formaciones parlamentarias a alcanzar un acuerdo que permita reducir los gastos de esta campaña corta.

4.- Se prorrogan las mismas juntas electorales provinciales y de zona de los comicios anteriores.

5.- Se permite a los partidos ratificar sus representantes legales.

6.- Se da opción a dar por renovadas las mismas coaliciones que se inscribieron la vez anterior y a aprovechar las candidaturas de la convocatoria precedente.

7.- Los partidos extraparlamentarios ya no tendrán que volver a recoger avales porque les sirven los que presentaron la última vez.

8.- Los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) no tendrán que volver a formalizar el llamado voto rogado pues se les permite aprovechar la solicitud que presentaron la vez anterior.

9.- Los contratos que deba firmar el Ministerio del Interior para llevar a cabo el proceso electoral seguirán el procedimiento excepcional reservado para casos «de emergencia».

El diputado del PP y coordinador de Organización del Partido Popular, Juan Carlos Vera Pro, que ha defendido la Proposición, ha explicado que lo que se pretende con este texto es “regular el supuesto contemplado en el artículo 99.5 de la Constitución; no se trata de reformar la ley electoral, sino de introducir en ella una disposición adicional que regule el supuesto de disolución de las Cámaras y convocatoria de nuevas elecciones en el caso de no investidura de presidente del Gobierno” con el objetivo de que “el procedimiento para una nueva convocatoria de elecciones sea más sencillo, más corto y más austero”.

Estas Proposición de Ley “no está hecha para los próximos 15 días, sino que se trata de un texto con vigencia para el futuro, aunque esperamos que esta situación no vuelva a repetirse”.

Todos estos cambios, de aprobarse, no se aplicarán, por lo tanto, a las elecciones que se convoquen mediante el procedimiento ordinario, después de finalizado un periodo de Gobierno, sino que sólo afectaría a aquellas elecciones que se convoquen en casos de repetición de comicios, como por ejemplo las últimas del 26 de junio.

La iniciativa, presentada por el PP volverá el próximo jueves al pleno del Congreso de los Diputados con las enmiendas que presenten los distintos grupos parlamentarios. El grupo ‘popular’ necesitará el apoyo de otros grupos para sacar adelante su iniciativa, ya que al tratarse de una reforma de ley orgánica debe ser refrendado por la mayoría absoluta de la Cámara (176 votos a favor). Algo que puede conseguir.

De ahí se enviara al Senado para completar la tramitación parlamentaria la próxima semana y después se publicará en el BOE antes del 28 de octubre para que esté en vigor el 1 de noviembre, que es cuando se expedirá y publicará el decreto de convocatoria de los comicios si antes no ha habido investidura.

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