El Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género pide ampliar el concepto de violencia machista

El Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género pide ampliar el concepto de violencia machista

3 / 11 / 2016 19:04

Actualizado el 14 / 01 / 2019 15:55

El Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género ha propuesto hoy ampliar el concepto de violencia machista a la ejercida no solo en el ámbito de la pareja, sino a otras como el acoso o la explotación sexual, la mutilación genital, los matrimonios forzosos o el «sexting«.

La presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, Ángeles Carmona, ha considerado también “urgente” un pacto de Estado contra la violencia de género, al tiempo que abogó por “ampliar” este concepto.

Una ampliación que consta en la «Guía de criterios para la aplicación de la Ley Integral«, que este jueves se ha presentado durante el VI Congreso del Observatorio, en la que advierte además de que no deben equipararse las denuncias falsas con el alto número de absoluciones y archivos, consecuencia muchas veces de la dificultad de demostrar los hechos.

El texto indica que, durante la próxima legislatura y con el objetivo de cumplir tanto las disposiciones del Convenio de Estambul como las recomendaciones de la ONU, España debería incluir en la Ley Integral nuevas formas de violencia contra la mujer otros delitos como traficar o favorecer la inmigración clandestina para la explotación sexual, el aborto y esterilizaciones forzosos u obligar a prestarse a actos de carácter sexual.

Con esta «Guía», que ha sido presentada en el Senado por la presidenta del Observatorio, Ángeles Carmona, junto a magistrados miembros del grupo de expertos en esta materia en el CGPJ, la institución pretende unificar la forma en que los juzgados tratan y protegen a las víctimas para que sea igual en todo el territorio.

Asimismo, la Guía se hace eco así de las últimas reformas legislativas, incluyendo los nuevos tipos penales como son también Stalking o acoso, el «sexting» o sexteo (envío de texto o imágenes de contenido sexual a través de dispositivos electrónicos o del teléfono móvil), los matrimonios forzados (castigados con hasta tres años de prisión a quien “con intimidación grave o violencia compeliere a otra persona a contraer matrimonio”) o la mutilación genital (castigado con hasta doce años de prisión).

Además, contempla también la Violencia económica: El impago de pensiones es un delito de violencia de género de carácter económico por el que el obligado al pago niega a la mujer el derecho que le corresponde por resolución judicial al cobro de lo fijado en sentencia o acordado en convenio de mutuo acuerdo. La reforma legal ha atribuido su competencia a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, sin que sea preciso un hecho ilícito adicional.

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