Un juez prohíbe a Gas Natural SUR emitir facturas por consumo de electricidad de más de un año de antigüedad
Sede social de Gas Natural, la empresa condenada. GN.

Un juez prohíbe a Gas Natural SUR emitir facturas por consumo de electricidad de más de un año de antigüedad

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11/12/2016 05:57
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Actualizado: 10/12/2016 12:55
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El juez del Juzgado de lo Mercantil 1 de A Coruña, José María Fernández Abella, ha prohibido a Gas Natural SUR emitir facturas por consumo de electricidad que tengan más de un año de antigüedad, a que corten la electricidad a aquellos clientes que se nieguen a hacerlo y a inscribirlos en ficheros de morosos.

El juez Fernández Abella considera “abusiva” la conducta de la empresa de facturar consumos de electricidad generados en periodos anteriores a un año.

También considera “abusiva” e “ilícita” tanto la interrupción como la inscripción del cliente en un “fichero de solvencia patrimonial”.

El fallo, que tiene fecha de 2 de diciembre, confirma el auto de medidas cautelares del mismo juez que imponía las mismas limitaciones.

El caso fue impulsado por la Fiscalía Provincial de A Coruña que, en el otoño de 2015, presentó una demanda de “acción colectiva de cesación” [demanda colectiva] por facturación abusiva contra Gas Natural SUR, comercializadora de Gas Natural Fenosa.

En este sentido, el Instituto Galego de Consumo jugó el papel de catalizador, movilizado por la gran cantidad de reclamaciones presentadas por clientes de Gas Natural SUR; 65 de ellas en la comarca de A Coruña.

El juez Fernández Abella despeja, en su sentencia, los puntos discrepantes por la normativa a aplicar.

De acuerdo con su criterio, “la norma relevante para resolver la reclamación es el artículo 96.2 del Real Decreto 1955/2000, que, en su redacción dada por el Real Decreto 1454/2005, prevé que en caso de tener que efectuar una refacturación complementaria, el periodo a considerar ha de ser de un año”.

El juez, asimismo, le advierte a Gas Natural Sur que le tenga informado sobre las medidas que deben implementar para “prevenir la reiteración en el futuro de la conducta litigiosa” y le comunica que le impondrá una multa de 10.000 euros por cada día que no lo haga desde los dos meses siguientes a la fecha en que la sentencia haya sido firme. Sentencia que Gas Natural Sur puede recurrir.

SENTENCIA PARA DESCARGAR:

sentencia-gas-natural-a-coruna

 

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