¿Qué repercusiones tendrá que el Estado se quede con las autopistas en quiebra?
Autopista de peaje que une Madrid con el aeropuerto de Barajas. (EP)

¿Qué repercusiones tendrá que el Estado se quede con las autopistas en quiebra?

|
16/12/2016 05:59
|
Actualizado: 15/12/2016 23:27
|

El Estado nacionalizará las ocho autopistas en quiebra, que arrastran una deuda de 3.400 millones de euros, tal y como ha reconocido el ministro de Fomento, Íñigo de la Serna quien en algunas declaraciones señalaba que «Las autopistas revertirán al Estado y el Estado decidirá cómo gestionarlas» Será con toda probabilidad en julio del 2017 cuando se produzca dicha nacionalización.

Manuel Serrano, socio de Serrano Alberca & Conde y Javier Gonzalo, socio director de Gonzalo Abogados, explican a Confilegal los efectos jurídicos que va a generar esta operación.

Si, como parece, las autopistas se encaminan a la liquidación el Estado deberá asumir el coste de la responsabilidad patrimonial del Estado (RPA), una cláusula presente, con distinta precisión, en los contratos de las concesiones. La patronal de las principales compañías constructoras y concesionarias, Seopan, cifra en más de 5.000 millones el importe que se detraerá de las arcas públicas en este concepto.

Unas concesiones realizadas con unas previsiones de tráfico erróneas

Manuel Serrano, socio de Serrano Alberca & Conde su análisis de la situación es la siguiente: “La quiebra de las autopistas se ha producido porque cuando se proyectaron se hicieron en base a unas previsiones de trafico erróneas, muy por debajo de lo que se ha demostrado en la realidad a posteriori. A ello hay que añadir que el valor de los terrenos expropiados se pretendía pagar al precio más bajo posible como rústico. Cuando en su mayoría tenía la consideración de urbanizable a efectos de su valoración, porque este tipo de infraestructuras en muchos de sus tramos sirven para crear ciudad, en palabras del Tribunal Supremo.”

Para este jurista, experto en derecho público y expropiaciones es cierto que hay cierta confusión en el manejo del concepto de Responsabilidad Patrimonial de la Administración “La responsabilidad patrimonial de la administración está prevista en la Constitución como un mecanismo de reparación de un daño causado por el funcionamiento normal o anormal de la administración a los particulares.”

A su juicio “La RPA que se establece en una concesión de una infraestructura es una garantía para el concesionario en caso de que se produzca la extinción anticipada de la concesión en determinadas circunstancias como por ejemplo la liquidación de la empresa concesionaria. En este sentido, es lógico que el Estado sea el que deba responder porque es lo que la ley establece y lo que se ha pactado. Además, la administración al otorgar la concesión dio por buenas aquellas previsiones y en parte es responsable”.

Para Serrano Alberca hay que darse cuenta que “la infraestructura revierte a la administración que será quien la administre a partir de ahora. Yo prefiero hablar de recuperación más que de rescate, es más positivo.” Desde su punto de vista hay que hacer una lectura positiva de este asunto “a partir de ahora la Administración se cuidará muy mucho de otorgar concesiones inviables. Hay que pensar que estas concesiones se otorgaron en los tiempos del boom y en todos los sectores, pero sobre todo en el de la construcción y en el inmobiliario, se hicieron inversiones que no se han podido rentabilizar”.

Manuel Serrano, socio de Serrano Alberca & Conde y experto en derecho público.

Serrano Alberca revela que “Fomento ha intentado por todos los medios negociar con la banca acreedora que financió la construcción de la infraestructura, pero la importante quita que proponía no ha sido bien recibida por la mayoría de las entidades implicadas y en particular la banca extranjera. A ello se une ahora que muchos de esos créditos han sido cedidos a fondos de inversión con un importante descuento por lo que la solución ofrecida por fomento se ha hecho inviable”.

Sobre la actuación de la justicia señala que “por su parte, los jueces de lo mercantil tienen la obligación de liquidar la empresa concesionaria si no se llega a un acuerdo con los acreedores y esta declaración produce a su vez la extinción de la concesión, con los efectos antes mencionados”.

Sobre el coste de esta nacionalización y si se puede ganar dinero, el socio de Serrano Alberca & Conde indica que “El coste de esta nacionalización roza los 5000 millones y a medio-largo plazo estas radiales serán rentables y se ganara dinero. Sin embargo, para acelerar este proceso sería recomendable que se adoptaran medidas para incentivar el tráfico como por ejemplo bonos mensuales, descuentos por tráfico habitual, etc. Si el tráfico se recupera se ganará dinero pero a medio-largo plazo.”

Afectados por la expropiación aún sin cobrar

En su día este despacho puso en marcha la llamada Asociación Nacional de Defensa del Expropiado, (ANDEX) “ Nació para defender a los propietarios que fueron expropiados y no recibieron los justiprecios de sus suelos como consecuencia de la quiebra de las concesionarias. En colaboración con nuestro despacho, Serrano Alberca & Conde, se consiguió que fomento fuera condenada al pago de los justiprecios y los intereses desde la ocupación pero ha sido un camino largo y duro que finalmente se ha conseguido”.

Serrano señala que “hay que reconocer que los Jueces interpretaron la normativa a favor del expropiado como no podía ser de otra manera, pues lo contrario suponía una vulneración de la propiedad. Pero se ha tardado en ejecutar las sentencias y todavía quedan importantes cantidades por pagar”. La deuda actual de aquellos ciudadanos expropiados “la factura pendiente ronda los 80 millones de euros, en temas que gestionamos directamente y en total podría ascender a los 400 millones de euros”.

Soluciones que se plantean a este asunto

Respecto a la solución a este problema Manuel Serrano plantea una altermativa en una triple direcciónEn primer lugar Primero: que los proyectos de concesión sean examinados minuciosamente por un órgano especializado para evitar la aprobación de concesiones inviables.  Al mismo tiempo es necesaria una ley de EXPROPIACION forzosa más ágil que en cierto modo garantice el pago del Justiprecio a los expropiados al tiempo de la ocupación  y no 10 años más tarde. Porque eso genera intereses que al final duplican o triplican el precio inicial”.

Es necesaria una ley de EXPROPIACION forzosa más ágil que en cierto modo garantice el pago del Justiprecio a los expropiados al tiempo de la ocupación y no 10 años más tarde

Por último, nuestro interlocutor reclama “un pacto nacional para una valoración razonable del suelo que se expropia para infraestructuras de interés general que sirven para crear ciudad. Actualmente la ley del suelo ha querido cambiar radicalmente de planteamiento y valora todo el suelo como rural hasta que no esté completamente urbanizado lo cual es contrario a la realidad. De hecho, muchas leyes de las Comunidades Autónomas mantienen la categoría del suelo urbanizable que es el tránsito del rústico al urbano”.

Al mismo tiempo considera que “pueden arbitrarse otras medidas como por ejemplo pagar a los expropiados en aprovechamiento urbanístico creando una bolsa de suelo estatal con esta finalidad de tal manera que sean todos los ciudadanos y no sólo unos pocos los que tengan que soportar la carga de estas infraestructuras que en definitiva benefician al interés general y en ocasiones a empresas privadas, como es el caso paradigmático del aeropuerto de Madrid gestionado por Aena”.

Falta de previsión en el crecimiento

Javier Gonzalo es el socio director de Gonzalo Abogados, despacho especializado en derecho público y muy volcado a los Ayuntamientos donde muchos de ellos son clientes de este bufete. Su visión del asunto señala que ha habido una falta de “previsión de que no se podía seguir a ese ritmo de crecimiento y en vez de mejorar vías secundarias se pensó en que Madrid estaba colapsado; falta de previsión de la que no hay que buscar culpables porque la crisis fue mundial”.

Sobre la Responsabilidad Patrimonial de la Administración, Gonzalo indica que “la administración desde el momento que “rescata» las concesiones, debe “pagar su importe” al concesionario, salvo que en el título de concesión se disponga otra cosa, es lo que dispone la ley, y en este caso fruto de la situación de concurso, quiebra o liquidación de las empresas, son según todo apunta los bancos quienes “dominan” por falta de liquidez a las concesionarias, de ahí que el Gobierno haya intentado, en la época de la Ministra Pastor, negociar con los mismos, sin éxito y ahora el nuevo ministro exponga que seguirá intentarlo”.

Javier Gonzalo, socio director de Gonzalo Abogados.

Frente a la postura de Fomento que no ha logrado un acuerdo con banca acreedora, algunos de los fallos de los jueces hablan de liquidar esos radiales “Es claro que el dilema es cumplir la ejecución judicial y liquidar las empresas, o sea sus derechos y obligaciones sin perjuicio de las responsabilidades de los administradores, si las hubiere. Si el problema es, como parece sólo económico, y se han arruinado por falta de usuarios, la solución de intervención o rescate por la administración puede evitar el cierre material de las vías de comunicación”.

Respecto al conste de dicha nacionalización Javier Gonzalo matiza que “el coste será diferente si hablamos de rescate, que de nacionalización, o intervención etc…vendrá dada por lo que acepten los bancos, al pretender el Ministro que se haga una quita del 50% para que le cueste menos al estado, o sea a todos los contribuyentes”.

Y recuerda que el artículo 128.2 de la Constitución faculta al Estado para intervenir en las empresas en casos de interés público y estaríamos en interés público cuando una via se cierra porque la empresa no `puede atender sus servicios.

 Gonzalo asegura que se puede ganar dinero aún con las autopistas siempre que “se bajen los peajes. En España las autopistas son mucho más seguras que las autovías porque su construcción tiene más puntos de seguridad, más anchas, puntos de no acceso seguro etc…

Para los Ayuntamientos el IBI como bien especial lo deberían pagar todas las autopistas con independencia de si son públicas o privadas pues al fin y al cabo es un tributo que grava a los inmuebles

Gonzalo Abogados creo la Asociación Nacional de Municipios Afectados por las Autopistas de Peaje “Para los Ayuntamientos sería gravísimo cerrar unas autopistas porque entonces dejaría de pagar el IBI como un BIEN ESPECIAL (BICES) y el Ayuntamiento que en estos momentos está ingresando unos 150.000-300.000 € al año de media por dicho tributo, que en el caso de los municipios pequeños puede superar más de un 30% de sus ingresos por tributos municipales directos”.

Desde su punto de vista, “si se rescatan y siguen funcionando como autopistas de peaje, el Estado deberá pagar estos importes como titular de las mismas, sin concesionario; en el IBI cuando hay un concesionario se antepone al propietario”.

Respecto a la solución a este asunto lo ve desde una doble perspectiva “sería diferente desde el prisma de los ayuntamientos que des el prisma de los usuarios de las autopistas. Para los Ayuntamientos el IBI como bien especial lo deberían pagar todas las autopistas con independencia de si son públicas o privadas pues al fin y al cabo es un tributo que grava a los inmuebles, y en estos casos, en muchos casos las autopistas, al expropiar terrenos particulares, impidieron a los ayuntamientos cobrar el IBI de esos terrenos, de ahí la compensación del IBI BICES que es pagado por los concesionarios”.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Áreas y sectores