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Catalá subraya que el turno de oficio es una subvención que reciben los abogados y debe estar exenta del IVA

1 / 02 / 2017 14:23

Actualizado el 24 / 06 / 2020 17:14

Ya lo comentó ayer en un tuit desde su cuenta de twitter, este miércoles, primero en el Congreso y más tarde aprovechando la visita del presidente de la Xunta de Galicia, Alberto Núñez Feijoó, Rafael Catalá, ministro de Justicia ha querido mandar un mensaje de tranquilidad a los más de 45.000 abogados del turno de oficio de nuestro país.

Catalá a pregunta de este periodista, recordó que “El turno de oficio y la asistencia jurídica gratuita es uno de los pilares de nuestro Estado de Derecho, sobre todo en cuanto al acceso a la justicia de los ciudadanos con menos recursos económicos. Así ha sido históricamente y lo podríamos asociar como si fuera un servicio público por su interés general. Esta actividad está sometida a unos baremos que fijan las Administraciones Públicas; cada una de ellas establece como se retribuye este servicio”.

Para el ministro de Justicia, la trayectoria del turno de oficio es desde el punto de vista histórico lógica “y por eso han estado exentos de IVA hasta la fecha. Se ha producido recientemente una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en relación con el servicio de turno de oficio de Bélgica, que no es exactamente el mismo modelo que hay en España. Esto ha hecho que la Dirección General de Tributos del Ministerio de Hacienda se plantease si esa sentencia y su fallo es trasladable a nuestro sistema de turno de oficio”.

https://twitter.com/RafaCatalaPolo/status/826533971819368448

Desde el Ministerio de Justicia el planteamiento es claro. “Creemos que es claro que no se puede trasladar ese fallo del TJUE a nuestra actividad del turno de oficio. Lo asentamos en el concepto de servicio público que antes comentaba. No estamos hablando de servicios profesionales en sentido estricto. Los baremos los fija la propia Administración y es ella quien de acuerdo a sus presupuestos retribuye por esos servicios. Quizá estamos hablando de una subvención y no una retribución al uso”.

Para Catalá hay elementos jurídicos e históricos suficientes para considerar que esa actividad del turno de oficio debe estar exenta del IVA “Se trata de una compensación que reciben los abogados por el ejercicio de la actividad, por eso no debe estar sujeta a este tipo de impuesto”.

El ministro adelantó que se está trabajando con el Ministerio de Hacienda para dotar de argumentos jurídicos y tributarios suficientes este planteamiento que es el que ha existido históricamente siempre.

La idea del ministro de Justicia es que las cosas siguen haciendo hasta ahora “queremos lanzar ese mensaje de tranquilidad a los abogados del turno de oficio. Nuestra obligación es que esta justicia sea más ágil en todos los conceptos, también en los pagos. El propio presidente Feijoo nos ha indicado que en Galicia se paga cada veinte días, lo que deja claro de la agilidad del funcionamiento del sistema en dicha CCAA. Somos conscientes que debemos seguir mejorando los baremos de los propios abogados en el futuro”.

El anuncio ayer de la Dirección General de Tributos de querer homologar este fallo del TJUE en nuestro sistema del turno de oficio generó un auténtico terremoto en las redes sociales. Entidades como ICAB, colegio de Abogados de Barcelona o Consell de la Abogacía Catalana se pronunciaban en contra de esta medida, escuchando las protestas de miles de abogados en redes como twitter.

En ese escenario el tuit del Ministro de Justicia obre el fin social del turno de oficio fue muy valorado desde todas las instancias. El CGAE prepara un dictamen jurídico sobre el tema para poder posicionarse, según indicó la presidenta de esta entidad, Victoria Ortega, desde su cuenta en redes sociales.

 

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