El Ministerio de Justicia tiene que pagar dos años de sueldos al juez Francisco Serrano, tras la sentencia del Constitucional

El juez Serrano solicita el indulto total al Gobierno tras apartarle el CGPJ de la carrera

7 / 03 / 2017 05:58

Actualizado el 14 / 09 / 2017 13:23

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El exjuez de Sevilla Francisco Serrano ha solicitado al ministro de Justicia, Rafael Catalá, el indulto total de la pena de dos años de inhabilitación especial para empleo o cargo público que le impuso el 13 de octubre de 2011 el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a cuenta de un delito de prevaricación culposa por alterar el turno de custodia de un menor para que asistiese a una procesión de la Semana Santa de Sevilla.

En un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, el exmagistrado solicita el indulto tras conocer que la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha rechazado su solicitud de reingresar en la carrera, ya que la pena que le fue impuesta «produjo la privación definitiva del cargo de magistrado», por lo que «que si desea ingresar en la Carrera Judicial lo deberá hacer mediante la superación de cualquiera de los modos de ingreso, como cualquier otro ciudadano».

De este modo, reclama al Gobierno el indulto total respecto de la pena impuesta por el TSJA, que posteriormente fue elevada a diez años de inhabilitación por el Tribunal Supremo en una sentencia anulada por el Constitucional, o, en su defecto, la conmutación por el pago de una multa, todo ello «basado en la excepcionalidad del caso, motivado por el hecho de ser la primera vez» que el Constitucional «restituye a un magistrado a su cargo, anulando una condena por prevaricación judicial».

En este sentido, pide el indulto total al entender que ha actuado en todo momento «de forma legítima al amparo del carácter urgente que dispone el artículo 158 del Código Civil» y dados «los inabarcables perjuicios morales, personales, profesionales, familiares y económicos producidos» a su persona y a su familia, «tanto por la sentencia condenatoria, como por determinar» la Comisión Permanente del CGPJ «el carácter permanente de la inhabilitación para cargo de magistrado-juez».

Francisco Serrano argumenta en el escrito que, desde que tomó posesión de su cargo como juez, «nunca» ha sido sancionado penal ni administrativamente por motivo alguno en el desempeño de sus funciones, por lo que, «hasta ahora, no contaba con ningún antecedente penal, salvo la condena de la que se solicita gracia de indulto».

El exmagistrado considera que la decisión del CGPJ de rechazar su solicitud de reingreso en la carrera judicial «es totalmente contraria a derecho, puesto que aunque la condena haya sido por tiempo de dos años, la realidad es que convierte en indiferente el límite temporal de la pena impuesta, transformándola en una condena a ‘cadena perpetua encubierta’, puesto que, siguiendo la tesis de la Comisión Permanente del CGPJ, resulta irrelevante haber sido condenado a un mes, o a 50 años».

Y es que, según asevera, «toman la condena como definitiva, sin límite temporal, contraviniendo de forma clara derechos fundamentales como la libertad, la igualdad, el honor y la tutela judicial efectiva, diversos principios generales del Derecho y varios derechos como el derecho a la reinserción social».

CONTRARIA A LA DOCTRINA

En este sentido, recuerda que el Tribunal Supremo, en consonancia con el pleno del CGPJ, «manifiesta que la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público que signifique el desempeño de funciones judiciales, no supone la completa extinción de la relación del sujeto con el cargo, pues en ambos supuestos el tiempo está claramente definido por la duración de la condena, así como que la condena penal puede determinar, además, otros efectos como la definitiva extinción de la relación funcionarial, pero no lo ha hecho en este caso».

A su juicio, la interpretación que hace la Comisión Permanente del artículo 42 del Código Penal para apartarle de la carrera judicial «es contraria a la doctrina establecida por el Pleno del CGPJ, que se recoge en la sentencia del Tribunal Supremo de 30 de octubre de 2006 contra una juez que era titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Coín (Málaga)».

Según expone en el escrito, en este caso, la juez fue condenada como autora de un delito contra la libertad individual a cuatro años de inhabilitación especial y la Comisión Permanente abrió el correspondiente expediente de separación que, sin embargo, fue archivado por el Pleno del CGPJ, que consideró que no procedía acordarla.

«Independientemente de esta petición de indulto», desde el Bufete Gavidia, que representa al exjuez, se ha presentado un segundo escrito en el que se solicita al Tribunal Constitucional que se adopten las medidas de ejecución necesarias para que se cumpla su sentencia en el sentido de ser reestablecidos sus derechos como juez y sea declarada la nulidad de la resolución de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, pues esta resolución «deja sin sentido» la resolución del Tribunal Constitucional.

El pasado jueves, la Comisión Permanente del CGPJ rechazó la solicitud de reingresar en la carrera del exmagistrado.

El artículo 42 del Código Penal establece que «la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público produce la privación definitiva del empleo o cargo sobre el que recayere (…). Produce, además, la incapacidad para obtener el mismo u otros análogos, durante el tiempo de la condena».

En consecuencia, la Comisión Permanente acordó comunicar a Francisco Serrano que la pena que le fue impuesta «produjo la privación definitiva del cargo de magistrado, y que si desea ingresar en la Carrera Judicial lo deberá hacer mediante la superación de cualquiera de los modos de ingreso, como cualquier otro ciudadano». (EP)

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