«El permiso a la paternidad es un derecho vinculado al derecho a la igualdad», según el vocal Martínez Moya

«El permiso a la paternidad es un derecho vinculado al derecho a la igualdad», según el vocal Martínez Moya

|
08/3/2017 14:23
|
Actualizado: 08/3/2017 14:23
|

«El permiso de paternidad es un derecho vinculado al derecho a la igualdad». Así de claro se muestra el vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Juan Martínez Moya, en el voto particular que ha emitido después de haber votado, como miembro de la Comisión Permanente, a favor de extender el permiso de paternidad a 4 semanas a los jueces.

El resto, Carlos Lesmes, presidente del CGPJ y del Tribunal Supremo, Mar Cabrejas (magistrada, de Jueces para la Democracia, nombrada a propuesta del PSOE), Álvaro Cuesta (jurista de reconocido prestigio, nombrado a propuesta del PSOE), Rafael Mozo (magistrado, de JpD, nombrado a propuesta del PSOE), Gerardo Martínez Tristán (magistrado independiente, nombrado a propuesta del PP), Nuria Díaz Abad (jurista de reconocido prestigio, nombrada a propuesta del PP) y Pilar Sepúlveda (jurista de reconocido prestigio por el PSOE), votaron a favor de mantener la restricción de dicho permiso a los 15 días.

«El órgano de gobierno de la carrera judicial, en cuanto Poder Público (artículo 14 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, ‘criterios generales de actuación de los poderes públicos’) puede y debe hacer una interpretación integrada del ordenamiento jurídico conforme a la Constitución (artículos 1, 9.2 y 14) y a la normativa de la Unión Europea y jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que la interpreta», afirma el expresidente del Tribunal Superior de Justicia de Murcia y miembro de la Asociación Profesional de la Magistratura.

El resto de sus compañeros optaron por una interpretación estricta, según lo dispuesto en el artículo 373.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en relación con el artículo 122 de la Constitución Española, que dice que es de 15 días.

«La Ley 9/2009, de 6 de octubre de ampliación de la duración del permiso de paternidad, contempló la ampliación de la duración del permiso de paternidad a cuatro semanas con carácter general a trabajadores por cuenta ajena y a empleados públicos, si bien congeló la aplicación efectiva de esta ampliación al 1 de enero de 2017», explica Martínez Moya.

«La falta de previsión expresa al colectivo judicial no se debe a una deliberada voluntad de excluir a los miembros de la carrera judicial de esa previsión, sino a un olvido del hecho de que su estatuto se encuentra regulado por una norma específica, de rango orgánico (la de ampliación no tiene ese carácter) y diferente a la que rige el resto de los empleados públicos», añade el vocal.

«Permiso espejo»

Desde su punto de vista, el permiso de paternidad presenta notables similitudes con el de maternidad, hasta el punto de que se puede hablar de «permiso espejo».

En consecuencia, el tratamiento que ha dado el CGPJ ante situaciones planteadas a propósito de la maternidad sirve de guía y ayuda para entender el tratamiento jurídico a las cuestiones que se planteen con relación al de paternidad.

Por ello, entiende que, sin tener que esperar a que el Legislador modifique el artículo 373.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que marca los 15 días de permiso -como ha instado el CGPJ-, se debe «realizar una interpretación integradora del ordenamiento jurídico y admitir que el permiso de paternidad pueda extender su duración a cuatro semanas a los miembros de la carrera judicial que así lo soliciten».

La AMJE, crítica con la decisión de la Permanente

La Asociación de Mujeres Juezas de España (AMJE) criticó duramente, en este sentido, la decisión de la Permanente del CGPJ en un comunicado que hizo público el pasado 7 de marzo, muy en la línea con el planteamiento que hace ahora Martínez Moya en su voto particular.

“El CGPJ escudándose en una interpretación  formal y literalista de la normativa judicial estatutaria, discrimina y ataca frontalmente los principios constitucionales  de igualdad, no discriminación y protección de la familia (artículos 1, 9.2º, 14 y 18 de la Constitución Española) y consagra un inexplicable retroceso en sus políticas de conciliación que restringe derechos adquiridos y perjudica gravemente el derecho a conciliar de todo el colectivo judicial, máxime cuando los permisos y excedencias por cuidados de hijos/as y familiares  en la carrera judicial, son  monopolizado por las juezas (98’38 por ciento)  según las estadísticas del CGPJ (de un total de 287 excedencias para cuidado de hijos/as  o familiares reconocidas, sólo 3 se habían pedido por jueces hombres)”, decían en un comunicado.

DESCARGAR:

Voto Particular punto-1-3-13-cp160217_Juan Martínez Moya (2)

Noticias Relacionadas:
Lo último en Mundo Judicial