Los vibradores «inteligentes» también forman parte del Internet de las cosas
Javier Puyol es el socio director de Puyol Abogados, una boutique legal especializada en el mundo de las nuevas tecnologías y el cumplimiento normativo. Confilegal.

Los vibradores «inteligentes» también forman parte del Internet de las cosas

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26/3/2017 05:58
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Actualizado: 31/3/2022 13:43
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Uno de los mayores problemas que plantea Internet de las Cosas (IoT) es la seguridad de los dispositivos. Si toda nuestra vida está conectada a la red, es importante que sepamos a ciencia cierta que estamos a salvo de intrusiones no deseadas de los ciberdelincuentes y curiosos[i].

Hace unos días se publicaba en Confilegal, una noticia atinente a que la empresa canadiense Standard Innovation Corporation, había llegado a un acuerdo con los abogados de un gran grupo de usuarios que interpusieron una acción colectiva en el Tribunal Federal de Chicago, tras conocer que los vibradores, y otros juguetes sexuales inteligentes, de la marca We-Vibe, transmitían a la Compañía, a través de la app del producto instalada en los teléfonos y demás dispositivos móviles, información íntima y sensible sobre aspectos tales como: la modalidad preferida, la duración e intensidad de su uso y la temperatura de los clientes registrados con relación a tales juguetes sexuales.

Y todo ello, sin habérselo hecho saber previamente a los consumidores, cuando adquirían dicho producto.

Debe tenerse en cuenta, que la manera en que las empresas gestionan los datos personales generados por Internet de las Cosas (IoT) constituye un tema ciertamente sensible y de mucha actualidad, pero cuando se trata de gadgets inteligentes, pocas cosas pueden causar más alarma que el hecho de compartir información más íntima que un juguete sexual.

Así, y de manera inicial, Standard Innovation confirmó que recopilaba “cierta información limitada” de sus usuarios, pero “de una forma agregada, no identificable”, y se comprometió a hacer que sus términos y condiciones fueran más claros para sus clientes.

No obstante, ello, sus afirmaciones no convencieron a un grupo de consumidores, que fueron los que, finalmente, ejercitaron la acción colectiva contra dicha Empresa[ii].

Al final, los Tribunales de Justicia han dado la razón a los usuarios de dichos juguetes, y para compensarles -y para evitar que el juicio público, con lo que se conocerían todos los detalles, tanto de los demandantes como del producto-, Standard Innovation Corporation accedió a compensarles con 3,75 millones de dólares, a cambio, a su vez, de la firma de un acuerdo de confidencialidad.

Estos dispositivos fueron creados para que las parejas pudieran disfrutar del sexo incluso estando separados. Su funcionamiento es sencillo: el aparato se activa a través de wifi o bluetooth cuando uno de los dos miembros de la pareja lo decide, controlándolo de forma remota a través de una app[iii].

Fantasías personalizadas

Estos juguetes permiten, incluso, tanto, la creación de fantasías personalizadas, en las que se puede grabar un relato y sincronizarlo como se guste, precisamente, con dichas vibraciones, como opciones de chat, tal como se indicó, para charlar con la pareja del propio usuario cuando la misma se encuentra lejos, y, además, le permite controlar el vibrador a distancia.

Suki Dunham[iv], ha señalado como la tecnología y la sexualidad femenina van de la mano, en el sentido, de que es necesario reflexionar sobre el hecho de estos juguetes pueden aumentar de una manera muy notable la vida sexual de las mujeres.

Nada como una App y un «wearable» para ayudar a las mujeres a aprender más de su propia sexualidad, y compartirlo con su pareja, para que de ello se deriven consecuencias que pueden ser positivas para cualquier persona.

En el caso de un juguete sexual como un vibrador, socialmente podría llegar a considerarse de manera despectiva aún en muchas partes de nuestra «moderna» sociedad. Por eso, las compras de juguetes sexuales online suelen utilizar empaquetados que son básicamente muy discretos para garantizar, que nadie sepa qué efectivamente se está comprando un producto de esta naturaleza.

Pero una cosa es esto, y otra muy distinta, el presunto uso espúreo que puede llegar a hacerse de estos juguetes sexuales por el fabricante de los mismos.

En este sentido, deben tenerse se cuenta, que, si, como consecuencia del empleo de los mismos, se almacenan los datos de los usos llevados a cabo de estos juguetes en unos servidores, el problema ante el que nos encontramos es que, a partir de ese momento, la información obtenida, perdurará sin posibilidad de remisión alguna para siempre, afectando día sí, y día también, a la persona cuyos datos de carácter personal hayan sido obtenidos de esta manera.

La recolección de estos datos, no solo puede afectar a la imagen social de una persona, sino que también el sexo es un reflejo de la salud de un individuo, y por tanto, la información del número de veces que se usa, la duración del uso, y las demás configuraciones del juguete pueden denotar una determinada información médica sobre el individuo, que incluso puede llegar a reflejar datos sanitarios de carácter personal y privado[v].

Como consecuencia de todo ello, puede afirmarse que hoy en día, es completamente cierto, que Internet de las cosas (IoT) ya constituye el presente de la tecnología. Aunque pueda parecer muy futurista, cada vez es una realidad más cotidiana, que la conexión de un número más numerosos de aparatos que utilizamos en nuestra vida, que están revolucionando sin lugar a dudas el mercado tecnológico, y con ello, se adentran cada vez más en nuestra vida de todos los días.

Un ejemplo de ello, lo tenemos en el caso que comentamos mediante las presentes reflexiones. Así, cabe señalar que este tipo de juguete sexual, que a veces no es tan juguete, se controla directamente a través de una App para un smartphone, de tal modo que el usuario puede configurar por completo el uso que quiere llevar a cabo de dicho vibrador.

Para ofrecer y tener una mejor experiencia, la empresa fabricante del mismo recogía a través de dicha App todos los datos sobre los actos del mismo, pero no de forma anónima, si no que dicha información se guardaba enlazada con el nombre de la persona que lo había adquirido.

En este sentido, los datos de uso ofrecían información segmentada y detallada del uso que se les daba. Aunque el ‘climax’, si se permite decirlo así, llegó cuando esos datos empezaron a ofrecer minuto a minuto los cambios de temperatura de los usuarios, la intensidad de la vibración y, lo que es más terrible, la opción de vincularlos a información de identificación personal, como direcciones de correo electrónico[vi], o probablemente con relación a cualesquiera otros datos de carácter personal, que el fabricante hubiera considerado en cada caso, como necesario o conveniente conocerlos, dicho sea eufemísticamente, para “mejorar la experiencia del producto”, o cualquier otra razón o justificación de carácter análoga a la misma.

Con relación a ello, parece más que acertada la expresión utilizada por Vidal, en el sentido de que el “voyeur”, ya no es una persona, sino que la misma ha sido sustituida por un dispositivo Iot, que viene a hacer sus veces, y que observa y observa, desde luego de manera no ciega y continuada, la realidad más íntima de una persona, y en donde los motivos, o las consecuencias de tanta observación, finalmente, para el consumidor, o en este caso la víctima, deben ser completamente indiferentes o ajenas.

Supuesta violación de la privacidad de las personas

Esta situación, no revela más que una presunta violación, pero además, directa y lineal en la privacidad de las personas. Es evidente que estos actos íntimos, por su propia naturaleza, quedan normalmente reservados para la propia persona, y todo lo más para su pareja, y el hecho de que se vean expuestos y difundidos de manera pública, so pretexto de conocer las costumbres, y los criterios de los consumidores, aspectos tales como la duración e intensidad de su uso y la temperatura de los clientes registrados, como ha quedado indicado anteriormente, los hace todavía más reprobables.

Y es cierto que la temperatura del usuario quede registrada a través de los sensores del propio aparato, y además sin lugar a dudas, dicho con cierta ironía, la misma ciertamente tiene que ser alta, pero no por el uso que se puede llevar a cabo de dicho juguete, que sin duda favorece, sino por la irritación del ciudadano que ve atropellado en aspectos muy sensibles de su intimidad, bajo los pretextos y excusas de criterios comerciales, desprovistos de la más mínima sensibilidad y decoro, que pretenden tratar a los consumidores como meros objetos de producción.

Sin olvidar que detrás de los mismos siempre hay personas, que tienen que ser manera necesaria respetadas en sus derechos y libertades, y donde la ética, y la actuación comercial, tiene líneas rojas, y en este caso, muy gruesas, que no se pueden sobrepasar, pese a que el conocimiento de dicha información pueda tener repercusiones comerciales y económicas, más que interesantes para el fabricante o el comercializador de estos productos.

La gravedad de estas conductas merece en los tiempos presentes una evidente consideración de naturaleza jurídico-penal, siendo su reproche cada vez más que evidente en la necesidad de castigar y perseguir las conductas de aquellos fabricantes, que sin el menor escrúpulo, no dudan en pisotear de esta u otras maneras, la intimidad de las personas en este aspecto tan reservado de la naturaleza humana, o en temas tan delicados, como  recientemente hemos conocido, con relación por ejemplo a los juguetes –en este caso, las muñecas-, como las que habitualmente, por ejemplo, juegan las niñas, entre otros muchos elementos de la casuística, que se podrían citar al efecto.

Pero es más, estos hechos ya pueden etiquetarse de un auténtico fraude al consumidor, quien al adquirirlos, y sobre la base del prospecto de uso de dichos juguetes sexuales, ignora, porque se le oculta de manera  flagrante y manifiesta, la conectividad de los mismos, y la posibilidad que a través de ellos, el fabricante tenga la posibilidad de recabar y transmitir información intima, comprometida y confidencial de la persona que los está utilizando, y de las modalidades de uso a que dicho juguete está siendo sometido por el usuario.

Por todo ello, no es de extrañar que el consumidor que de repente vea o corra el riesgo de verse salpicado por las comunicaciones, que estos juguetes puedan proporcionar, vibre ante la sola posibilidad de verse lesionado en su intimidad, a consecuencia de la revelación de datos íntimos que se puedan producir.

Si todos vibramos de repulsa ante tales hechos, la persona afectada, sin lugar a dudas, vibrará más que el resto, por las consecuencias que lleva consigo la revelación de estos, y otros aspectos muy reservados de su privacidad.

[i] Cfr.: TNI. “Vibradores hackeados”. En TNI Tecnonews. 30 de agosto de 2.016.

[ii] ZAVIA, Matías S. “Demanda a un fabricante de consoladores inteligentes por recopilar ‘detalles íntimos’. En Gizmodo. 13 de septiembre de 2.016

[iii] Cfr.: TNI. Obra citada

[iv] Suki Dunham es cofundadora de OhMiBod. Citada por María Torija,

[v] Cfr.: “Internet of ‘Sexy’ Things: Una mujer demanda a la empresa de su vibrador por recoger datos de cada uso”. En “El lado del mal”. 23 de septiembre de 2.016

 

[vi] Cfr.: VIDAL, Marc. “Cuando el ‘voyeur’ ya no es una persona, sino un dispositivo IoT”. 

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