Dos vocales del CGPJ consideran que las asociaciones judiciales no tienen legitimación para recurrir nombramientos discrecionales
Gerardo Martínez Tristán y Mario Macías, los dos vocales que consideran que las asociaciones judiciales no tienen legitimación para recurrir los nombramientos discrecionales del CGPJ.

Dos vocales del CGPJ consideran que las asociaciones judiciales no tienen legitimación para recurrir nombramientos discrecionales

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01/4/2017 05:59
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Actualizado: 01/4/2017 00:48
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Los vocales conservadores Gerardo Martínez Tristán y Mario Macías votaron en contra de la mayoría del Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que rechazó el recurso de reposición presentado por la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), solicitando la anulación del nombramiento de Lourdes Ortiz como nueva presidenta de la Audiencia Provincial de Málaga.

La APM consideraba que Ortiz incurría en incompatibilidad al formar parte de la misma Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de la que forma parte también su marido, José Luis López Fuentes, su homólogo en la Audiencia Provincial de Granada, cosa que contraviene el artículo 391 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).

El Pleno se pronunció por 19 votos a favor del acuerdo que tomaron y que convirtió a Ortiz en presidenta, y 2 concurrentes, los de Martínez Tristán y Macías. Los dos coincidieron con el rechazo al recurso de reposición de la mayoría, pero consideraron que tenía que haberse desestimado la legitimación de la APM, como asociación judicial, para impugnar nombramientos discrecionales como ese.

La posición de ambos vocales se produjo al rebufo de la reciente sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo que dio por válido el nombramiento de Pablo Llarena como magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y que consideró que, en ese caso, la asociación Jueces para la Democracia carecía de legitimación.

Aunque la sentencia dice que el caso no es generalizable, los dos vocales abrazaron su tesis, que va en contra de la amplia jurisprudencia que dice justamente lo contrario.

«Desde la APM consideramos que tenemos la legitimación necesaria y precisa para recurrir estos nombramientos», explicaron fuentes de esa asociación. «Quien piense lo contrario, va contracorriente».

El resultado, por otra parte, no les ha sorprendido. «Era altamente improbable que el Pleno del CGPJ se rectificara a sí mismo. Han votado como se podía esperar. Ahora tenemos que valorar si recurrir ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, máxime cuando el principal afectado, Antonio Alcalá, ya lo ha hecho», añadieron.

A la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial (PCIJ) tampoco le ha sorprendido el resultado.

«Este asunto tenía poco recorrido por la vía interna, máxime cuando los que han tomado esa decisión son ‘políticos togados'», explicaron a Confilegal. «La vía eficaz es la jurisdiccional, añadieron».

A la PCIJ no le cabe la menor duda de que las asociaciones judiciales tienen legitimación para recurrir nombramientos discrecionales. Y tampoco que la actual presidenta no debería haber sido nombrada. «Pero no sólo por la relación de pareja, y la incompatibilidad que eso supone, sino porque sus méritos objetivos no eran los mejores de los cuatro candidatos en liza, tal como expusimos en nuestro informe», concluyeron.

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