El juez Andreu procesa a la antigua cúpula de Bankia, con Rato a la cabeza, por la salida a bolsa
El juez Serrano-Arnal cita a Rodrigo Rato después de que la Audiencia de Madrid rechazara archivar esta parte de la investigación sobre su patrimonio.

El juez Andreu procesa a la antigua cúpula de Bankia, con Rato a la cabeza, por la salida a bolsa

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11/5/2017 11:49
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Actualizado: 11/5/2017 11:55
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El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha procesado al expresidente de Bankia Rodrigo Rato, al exvicepresidente José Luis Olivas, al ex consejero delegado Francisco Verdú, a una treintena de directivos, entre ellos, el exministro Ángel Acebes y el empresario Arturo Fernández, así como a BFA y a Bankia por la salida a bolsa de la entidad, al entender que se falsearon las cuentas anuales y hubo fraude a los inversores.

Les acusa de delitos de falsedad en las cuentas anuales y fraude de inversores.

Sin embargo, el magistrado ha decidido archivar las actuaciones relativas a los organismos reguladores y supervisores, con lo que exculpa al exgobernador del Banco de España Miguel Ángel Fernández Ordóñez, al exsubgobernador Javier Aríztegui, al expresidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) Julio Segura y al exvicepresidente Fernando Restoy.

Andreu da por concluida la instrucción del ‘caso Bankia’ y en el citado auto que transforma las diligencias previas, iniciadas en 2012, en procedimiento abreviado, el titular del Juzgado central de Instrucción número 4, Fernando Andreu señala que en los años 2010 y 2011 los exresponsables de la entidad falsearon las cuentas e incluyeron datos falsos en el folleto informativo de la salida a bolsa, que se produjo en julio de 2011.

De lo que se acusa a los imputados es de falsear los estados financieros de Bankia, pero no se juzga si la decisión de sacarla a bolsa era o no correcta, algo que «podría ser objeto de examen y de exigencia de responsabilidad en otro foro, pero que carece de relevancia penal».

El auto consta de 253 folios, que resumen cinco años de investigación en los que han comparecido 48 investigados y 40 testigos, en una causa en la que se han personado 44 acusaciones particulares.

A partir de ahora el Ministerio Fiscal y las 44 acusaciones particulares y populares personadas disponen de un mes para solicitar la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa. Contra el auto se puede interponer recurso de reforma ante el propio instructor o directamente recurso de apelación ante la Sala de lo Penal.

CUENTAS MAQUILLADAS

El magistrado recuerda que el delito de falsedad en las cuentas anuales se imputa a quien falsea los balances y cuentas anuales, como hicieron los administradores de BFA y Bankia, que “aprobaron unas cuentas maquilladas sobre la verdadera situación de las entidades que administraban, que no reflejaban la imagen fiel de las mismas, de manera que no mostraban la verdadera situación económica de la Entidad con el consiguiente perjuicio tanto para los que posteriormente suscribieron acciones de la mercantil cotizada, como para el Estado”

Andreu cita sentencias del Tribunal Supremo que destacan que este tipo de infracciones cobran especial singularidad cuando perjudican la economía nacional, “como la que nos ocupa en el presente procedimiento, cuya repercusión en la economía nacional, es de tal intensidad que, sus crisis, pueden afectar seriamente a la estabilidad económica del sistema”

En base a la doctrina del Tribunal Supremo el magistrado argumenta que debe procederse contra los miembros del Consejo de Administración que adoptaron las decisiones, en tanto que tenían un deber especial de actuación y datos suficientes para conocer la conducta de sus subordinados que podría crear un riesgo jurídicamente desaprobado, como así ocurrió.

Los Administradores de la Sociedad tenían un especial deber de certificar la situación económica de la entidad financiera porque son ellos quienes poseen el dominio funcional del hecho, “mediante la aprobación de las cuentas que se someten a su consideración” y los que en definitiva, según el juez, “debían adoptar cuantas cautelas y medidas de prevención fueran necesarias«.

EL FOLLETO PARA LA SALIDA A BOLSA NO REFLEJABA LA IMAGEN FIEL DE LA ENTIDAD

El juez considera que los consejeros investigados falsearon la información económica que contenía el folleto informativo elaborado para la salida a Bolsa. El delito de fraude de inversores persigue a quienes perjudican los intereses de los consumidores en general, a los llamados inversores.

En el caso concreto, según Andreu, no sólo se produjo una falsa información al inversor,  “sino que se habría llegado a producir el resultado lesivo para este último, dado que tal y como obra en autos, mediante la Oferta Pública de suscripción,  se llegó a producir un perjuicio para los nuevos accionistas, quienes basaron su inversión en una información y unos datos que resultaron ser falsos”

Por ese reflejo “ irreal” de la situación de Bankia que mostraba el folleto informativo,  el juez imputa el delito de fraude de inversores a Bankia y BFA S.A. como personas jurídicas y a  Rato, Verdú, Olivas y Fernández Norniella en tanto que participaron el 15 de junio de 2011 en la  reunión del Consejo de Administración de Bankia que aprobó la inclusión de esa información en el folleto.

El mismo delito se imputa también al auditor externo, Francisco Celma, como cooperador necesario,  por analizar, verificar y dictaminar la corrección y veracidad de las cuentas de Bankia que se presentaron en ese folleto de emisión para su salida al parquet bursátil. Con su actuación, según explica el juez, “ incumplió el deber específico de revelar aquellas irregularidades que puedan afectar a los intereses de los inversores, dada la extraordinaria relevancia que tiene el informe del Auditor para la confianza del mercado y de los inversores”.

 

 

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