El Tribunal Supremo ha confirmado los cuatro años y ocho meses de prisión impuestos por la Audiencia de Alicante el pasado mes de noviembre a un funcionario que se apropió de 203.255 euros de una cuenta del juzgado de Dénia donde trabajaba.
La sentencia, fechada el pasado 6 de julio, desestima tanto el recurso de casación interpuesto por este condenado como por otros tres, de un total de ocho que fueron declarados culpables por colaborar con el principal acusado en el fraude.
Los hechos ocurrieron entre mayo de 2010 y noviembre de 2011, cuando Vicente Andrés G.E. trabajó como tramitador en el antiguo juzgado de Primera Instancia e Instrucción 1 de Dénia y se hizo con la clave de acceso de ese órgano a la Cuenta de Depósitos y Consignaciones del Ministerio de Justicia.
Con ese código, «bien de su puño y letra, bien valiéndose de otro, falsificó la firma de la secretaria judicial» y realizó cuarenta mandamientos de pago indebidos a favor de familiares y conocidos para «obtener un ilícito enriquecimiento patrimonial», según declaró probado la sección segunda de la Audiencia alicantina.
Ese dinero había sido consignado por terceras personas en la cuenta del Ministerio para hacer frente a sus responsabilidades en casos penales o civiles tramitados por este juzgado mixto.
Sin embargo, acabó siendo cobrado en efectivo en oficinas de una entidad bancaria por familiares, conocidos y amigos del condenado, en detrimento de los legítimos beneficiarios y del Estado, que ejercía en esta causa la acusación particular.
Los ocho colaboradores del funcionario fueron condenados a penas que oscilan entre los nueve meses y los tres años de cárcel porque conocían la falsedad de los mandamientos de pago librados a su favor.
Durante el juicio, celebrado en octubre pasado, Vicente Andrés G. reconoció el fraude pero implicó en el mismo a un oficial y a la secretaria interina del juzgado, quien fue precisamente la que denunció los hechos.
Sin embargo, la Audiencia otorgó «mayor credibilidad» a la versión que el procesado dio durante la instrucción de la causa, cuando reconoció que había actuado en solitario, se mostró arrepentido y aseguró que quería devolver el dinero.
Para el tribunal, «carece absolutamente de racionalidad que una persona implicada en la trama fraudulenta sea la que la destape denunciando en el juzgado de Instrucción las irregularidades existentes».
La sección primera de la Sala de lo Penal del Supremo ha ratificado ahora íntegramente el fallo de la Audiencia en una sentencia de casación en la que rechaza que los derechos de los cuatro recurrentes se vieran vulnerados en el proceso, no se aplicara correctamente la legislación o se cometiera un error en la apreciación de las pruebas.