Caja Rural y Banco Sabadell sancionados con 2 millones por incluir cláusulas abusivas en sus hipotecas

Caja Rural y Banco Sabadell sancionados con 2 millones por incluir cláusulas abusivas en sus hipotecas

13 / 09 / 2017 05:57

Actualizado el 02 / 08 / 2018 13:50

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El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha acordado imponer sanciones, por un valor total de dos millones de euros, a las entidades Banco Sabadell SA y Caja Rural de Granada SCC, por introducir cláusulas abusivas en contratos de préstamos hipotecarios y por incumplimiento de la información de prestación de servicio.

Se resuelven así dos procedimientos sancionadores iniciados en noviembre de 2016 tras la recepción de 157 denuncias de particulares, tramitadas en el marco de una campaña de control de la Inspección de Consumo contra la inclusión de ‘cláusulas suelo’ en las escrituras.

Según ha indicado la Junta en una nota, en el caso de Caja Rural de Granada, la sanción se eleva a 1,17 millones. De esta cantidad, 600.000 euros corresponden a las referidas infracciones, tipificadas como muy graves en la vigente legislación de defensa de los consumidores, y 570.026 al comiso del beneficio ilícito obtenido. Por su parte, Banco Sabadell ha sido multado con 836.202 euros (500.000 por las mismas infracciones y un comiso de 336.202).

Para la fijación de estas cantidades, en ambos casos se han tenido en cuenta diversos agravantes. Entre ellos destacan el perjuicio causado a los consumidores y la posición relevante de las dos entidades infractoras en el mercado.

De acuerdo con la normativa vigente, «son cláusulas abusivas aquellas que causan un desequilibrio en la posición entre el consumidor y el empresario, por ejemplo, reservando a éste facultades para interpretar, modificar o resolver unilateralmente el contrato; imponiendo garantías desproporcionadas al riesgo asumido, o estableciendo la renuncia del prestatario al derecho a la notificación en caso de cesión del préstamo».

El incumplimiento del deber de información de prestación de servicio va referido concretamente a las ‘cláusulas suelo’. Estas se introducen en los contratos de préstamo hipotecario a interés variable (generalmente con el Euríbor como índice de referencia) y prevén que, «aunque el tipo se sitúe por debajo de un determinado umbral (suelo) establecido en la propia hipoteca, la persona consumidora seguirá abonando lo correspondiente a ese umbral y no la cantidad equivalente a la bajada del Euríbor».

En el marco de la campaña de control de la Inspección de Consumo que dio origen a los dos procedimientos resueltos este martes, el Consejo de Gobierno ha sancionado también este verano por las mismas infracciones a las entidades Banco Mare Nostrum (1,58 millones de euros) y Unicaja Banco (3,1 millones).

La Junta ha recordado que, además de la legislación que se aplica en estas sanciones, la comunidad autónoma cuenta también con la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias en la Contratación Hipotecaria de Vivienda, que fue aprobada por el Parlamento andaluz en mayo del pasado año para aumentar las garantías y el derecho a la información de los andaluces en estas materias.

El texto aporta una serie de mejoras respecto a la normativa estatal en cuanto a los datos que se debe proporcionar a quien suscribe un préstamo hipotecario y, además, extiende la protección a los avalistas.

Según datos de la Consejería de Salud, la Dirección General de Consumo ha recibido en lo que va de año 1.386 reclamaciones relacionadas con trámites bancarios. De ellas, 112 fueron sobre cláusulas suelo (2.899 desde 2013). (EP)

 

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