Sabadell deberá abonar las cantidades cobradas en prima única por la imposición de estos seguros para la obtención de la hipoteca. Foto: EP
Sabadell, condenada a devolver más de 25.000 euros por vincular una hipoteca a dos seguros de vida, y dos de impago
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04/7/2025 05:35
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Actualizado: 03/7/2025 23:07
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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº3 de Arganda del Rey ha escuchado las pretensiones de los clientes de Sabadell. Y así, anulaba hasta tres seguros que la entidad bancaria vinculó a la hipoteca de esta pareja, considerándolas cláusulas abusivas de la contratación.
Claudia y Diego (nombres ficticios) contrataron un préstamo hipotecario con Sabadell el 30 de septiembre de 2019. Una hipoteca que, sin embargo, acababa ante los tribunales, debido a las condiciones generales que aparecían en la contratación bancaria.
En concreto, ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº3 de Arganda del Rey, bajo la magistratura de María Gavilán Rubio.
Demanda en la que la pareja afectada, representada por el abogado José Luis Ortiz, solicitaba «la nulidad de condiciones generales de la contratación, en relación a la cláusula abusiva de seguro a prima única, de protección total de pagos y de vida».
«Conforme la cláusula, la parte prestataria se compromete a destinar la cantidad prestada al pago del precio de la adquisición de la finca, y otros 25.343 euros al pago de un seguro de protección de pagos y otro de vida, ya que para ambas finalidades se concede el préstamo», estipula la demanda.
Así pues, la pareja contrajo una hipoteca de 264.000 euros. Sin embargo, de esa cantidad, más de 25.000 euros fueron destinados, en pago único y de forma anticipada al pago de la casa, a diferentes seguros. En concreto, uno de vida, y otro de impago, para cada uno de los integrantes de la pareja. Seguros que estaban vinculados a la obtención de la hipoteca, tal y como se destaca en la demanda presentada.
Sabadell, condenado a devolver la suma abonada
«Las entidades aprovechan la situación de necesidad urgente de concertar un préstamo en el que se encuentra el consumidor, quien consiente en contratar los servicios vinculados por miedo a perder la financiación», expone la parte actora.
Una realidad en la que el banco, en este caso Sabadell, no sólo «obliga a suscribir estos seguros. Además, suelen imponer al consumidor la contratación del seguro de la compañía aseguradora de su propio grupo». En este caso, Bansabadell Vida o Bansabadell Seguros Generales.
Valoración que comparte la magistrada en su sentencia 85/2025.
«Se impone la contratación del seguro en la escritura de préstamo, porque no consta negociación o solicitud por los prestatarios de un seguro previo a la firma de la escritura. No se pacta expresamente como un contrato vinculado, con todas sus condiciones, sino que se impone un pago […] sin mayor explicación. No consta información previa, ni negociación«, expone el fallo.
Una obligatoriedad de la cláusula del pago del seguro de vida y de impago, así como una vinculación a la obtención de la hipoteca de Sabadell, que llevan a la jueza a estimar la demanda. Y con ello, a declarar la nulidad de este pago impuesto sobre el contrato hipotecario.
Sentencia en la que, del mismo modo, se condena a Sabadell a restituir los más de 25.000 euros abonados en prima única por los clientes en relación a los seguros vinculados al préstamo hipotecario. Con imposición de costas.
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