El Tribunal de Instancia de Cádiz, plaza 3, ha estimado las pretensiones de dos clientes del banco Sabadell frente a la entidad bancaria, en un conflicto judicial por el préstamo hipotecario contratado. Un préstamo que contaba con varios seguros vinculados de prima única, así como una comisión por impago con cobro automático que, para el tribunal, suponen cláusulas abusivas.
La vivienda se ha convertido en uno de los principales problemas para la ciudadanía española. Especialmente, para los más jóvenes, que no sólo tienen que lidiar con la falta de oferta de inmuebles, sino también con las dificultades que ponen las entidades bancarias a la hora de otorgar hipotecas.
Una cuestión a la que se suman, en ocasiones, las cláusulas abusivas en estos contratos hipotecarios, las cuales muchos clientes firman sin conocer exactamente lo que aparece en esa letra pequeña.
Situación que llevaba a A.L. y M.G. ante los tribunales, presentando una demanda contra el Banco Sabadell.
Y es que la pareja firmaba, el 19 de junio de 2014, un contrato de hipoteca que, ahora, representados por el abogado José Luis Ortiz, ha llegado ante el tribunal de instancia de Cádiz, plaza 3, bajo la judicatura de Jorge Luis Fernández Vaquero.
Demanda en la que los clientes bancarios solicitaban la nulidad de dos de los elementos principales de su hipoteca.
El primero de ellos, los seguros vinculados al crédito hipotecario. Y es que la entidad les impuso la contratación de un seguro de protección de pago, así como dos seguros de vida, uno por cada prestatario. Seguros cuyo valor fue financiado dentro del propio crédito hipotecario.
En segundo lugar, reclamaban los clientes bancarios la nulidad de la comisión por reclamación de impagados. Una cláusula que establecía un cobro automático de 35 euros por cada cuota que se retrasara más de cinco días.
Sabadell, condenada por las cláusulas abusivas
Un caso ante el que el juez del tribunal de instancia fallaba a favor de las pretensiones de los clientes de Sabadell. Ello, reconociendo que la imposición de la contratación de estos seguros fue una «práctica abusiva e impuesta» por parte de la entidad bancaria.
Unos contratos que, además, el banco «no pudo demostrar» que fueron negociadas libremente, sino que formaban parte de un «todo indisoluble» de acuerdo de hipoteca.
Del mismo modo, señala la sentencia que estos seguros de prima única y financiados con intereses «beneficiaban desproporcionadamente a la entidad».
Ello, al asegurar el cobro de la deuda, y generar nuevos ingresos para las aseguradoras del mismo grupo.
Un fallo en el que el juez también declara nula la comisión de 35 € por impago.
Y es que, tal y como razona la sentencia, el devengo de esta comisión era automático, por lo que no respondía a gestiones realizadas por el banco ni por su personal. Algo que provocaba que este cobro no estuviese justificado hacia los clientes, siendo abusivo por parte de Sabadell.
Valoraciones que llevan al tribunal de instancia a estimar íntegramente la demanda presentada por el abogado José Luis Ortiz en representación de los dos clientes bancarios.
Y con ello, condenar al Banco Sabadell a devolver 29.445 euros a los demandantes por las primas de los seguros, así como los intereses legales de esas cantidades desde que realizaron los pagos indebidos. Del mismo modo, impone el tribunal al banco la eliminación de la cláusula de reclamación de impagados.
Con imposición de costas.