El tribunal de Instancia de Sanlúcar de Barrameda, plaza nº4, ha reconocido la culpabilidad del inquilino, cuyo «despiste» provocó un fuego en la vivienda. Y con ello, le condena a abonar los desperfectos que se produjeron en el lugar, de más de 7.000 euros, a la aseguradora del hogar contratada.
Muchos son los despistes que, habitualmente, se pueden producir en una vivienda. Cristales rotos, electrodomésticos que dan fallos eléctricos, humedades… o incendios.
Algo que, ahora, ha llegado ante los tribunales.
Así pues, todo comenzaba el 28 de enero de 2021, en una vivienda de Sanlúcar de Barrameda, que J.M. había alquilado a A.G., estando asegurada con Segurcaixa S.A.
Un día en el que se originaba un incendio en la cocina de la casa. Ello, según la ahora demandante, debido a que «el inquilino dejó en la cocina una sartén con aceite calentando y se despistó».
Despiste que no sólo provocaba un pequeño incendio en la propia sartén de la cocina, sino que también afectaba, según el informe pericial que aportaba la aseguradora, a otros componentes de la cocina, como la vitrocerámica, la encimera, exprimidor, tostador o reloj de pared.
Un caso que llegaba ante los tribunales. En concreto, ante el tribunal de Instancia de Sanlúcar de Barrameda, plaza 4, bajo la magistratura de Sara Martín Millán.
Un despiste del inquilino provocó el fuego
Tribunal de instancia ante el que, frente a la demanda de la aseguradora, el inquilino se oponía a la reclamación.
Ello, negando que se dejara el aceite calentando, y considerando que pudo ser otro el origen del incendio.
Del mismo modo, impugnaba el demandado los conceptos contemplados por la compañía como dañados, asegurando que se trataba de «daños no producidos, indemnizaciones no correspondientes a daños reales sino a supuestas coberturas de la póliza».
También rechazaba el presupuesto presentado por la aseguradora, representada legalmente por el abogado José Luis Ortiz, de más de 7.000 euros, al no ir acompañado de factura alguna.
Caso en el que, sin embargo, la magistrada pone en valor el informe del perito que acudió a la vivienda tras el incidente.
Especialmente, debido a que la sartén seguía presente en la casa.
«El origen del siniestro se se considera acreditado tras la valoración en sana crítica de informe pericial de la actora, afirmando dicho perito que incluso la sartén estaba allí en el momento de la visita»
Valoración de la magistrada en la que, igualmente, se establece que estos conceptos afectados por el fuego, y cuestionados por el demandado, «son daños y conceptos adecuados a la entidad del siniestro».
Algo que lleva al tribunal, en su sentencia 111/2026 a estimar la demanda presentada por la aseguradora. Y con ello, a condenar al inquilino a indemnizar a la misma con 7.402 euros, más intereses legales.
Con imposición de costas.