El derecho de sociedades ofrece respuestas a los conflictos entre administradores, socios y acreedores
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05/2/2018 05:58
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Actualizado: 29/10/2018 16:59
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El recién concluido II Congreso de Derecho de Sociedades en Málaga con más de 450 asistentes ha puesto de manifiesto que esta práctica, donde la sociedad y los intereses de administradores, socios y accionistas confluyen tiene una vida propia independiente del llamado derecho concursal.
En estas jornadas se rindió un sentido homenaje a Manuel Olivencia, catedrático de derecho mercantil, padre del Buen Gobierno corporativo, recientemente fallecido. Los organizadores ya han convocado a los próximos 7 y 8 de febrero del 2019 para organizar la III edición de este evento que pese a su juventud se ha hecho ya un hueco en la agenda de los abogados mercantilistas expertos en sociedades.
Fernando Díaz Marroquín, Legal Counsel deTecnatom, es un estudioso del derecho de sociedades. Su paso por firmas como Baker & Mckenzie y Ramón y Cajal Abogados ha contribuido a ello. Fue uno de los muchos abogados que han acudido a estas jornadas de las que fue ponente en la Primera Edición. “Ha sido un Congreso de mucha calidad por los ponentes y temas tratados. Los temas debatidos preocupan mucho a las sociedades”.
Nuestro interlocutor conoce bien lo que es el derecho societario por dentro . De hecho una iniciativa suya sobre la Ley de Sociedades de Capital texto de 2014 que nuestro experto ha ido actualizando con nuevas normas sirvió para poner en marcha una de las acciones pro bono más contundentes que se recuerdan. El destino de esas donaciones fueron a parar a dos entidades sin ánimo de lucro centradas en menores.
El éxito de este evento viene a ratificar la existencia de un derecho de sociedades vivo “regulado por la reciente Ley de Sociedades de Capital que aunque es un texto refundido recoge la normativa anterior, lo que da lugar a miles de temas potencialmente conflictivos. Se puede hablar del derecho del socio; de los minoritarios, derechos del grupo, en España no tenemos legislación sobre los derechos de los grupos de sociedades, lo que puede generar conflictos de interés entre la matriz y las filiales”.
Para Díaz Marroquín “en los años de la crisis, se hablaba más del derecho concursal pero no podemos olvidar que a su lado el derecho de sociedades es una realidad importante, clave para el desarrollo económico del país, como ahora lo es el nuevo derecho de los consumidores propiciado por las reclamaciones a las entidades bancarias”. En la práctica en una sociedad, los conflictos están a la orden del día entre administradores, socios, Junta General o incluso acreedores de la sociedad.
Amanda Cohen es magistrada es especialista por el CGPJ en asuntos propios de lo Mercantil. Profesora colaboradora del Departamento de Derecho Mercantil de la Universidad de Málaga y una de las organizadores de este Congreso junto a profesionales como han sido la doctora Belén González y Juan Ignacio Peinado, catedrático de Mercantil de dicha Universidad. “Este año hemos superado todas las expectativas. Las intervenciones han sido todas de gran nivel”.
A este evento se han sumado otros expertos más consumados como los catedráticos de Derecho Mercantil y abogados en activo como Alberto Alonso Ureba, Juan Sánchez Calero, Cándido Paz Ares y magistrados del Supremo como Sánchez Gargallo y Sarazá… “hay ya otra hornada de expertos en derecho mercantil que están pisando muy fuerte. De hecho las mesas fueron todas muy prácticas; en todas ellas había un catedrático, notario o un magistrado. Se trataba de dar enfoques desde todas las perspectivas”, aclara este abogado.
Un evento muy cercano a la realidad
Cohen nos explica que “hemos logrado aunar el lado académico del evento con el ámbito profesional, donde jueces, notarios y abogados han sido muy activos”. Este año las ponencias se han centrado en lo relacionado a los deberes de los administradores, impugnación de acuerdos sociales, el derecho a la separación del socio si no hubiera reparto de dividendos y el famoso 348 Bis, articulo de la Ley de Sociedades de Capital del que parece habrá una reforma inmediata”.
Este Congreso rindió homenaje a dos de sus mercantilistas más conocidos recientemente fallecidos Aurelio Menéndez, fundador de Uría Menéndez y con una larga trayectoria académica y Manuel Olivencia, socio de Cuatrecasas y catedrático de derecho mercantil. “Creo su escuela y le pudimos escuchar el año pasado en este Congreso. Muchos mercantilistas tenemos una gran deuda con él” señalan nuestros entrevistados.
Sobre este artículo destaca este abogado que “es evidente que puede generar más problemas de los que ha generado hasta el momento si vemos la jurisprudencia del Supremo. Sabemos que hay en curso una modificación presentada por PP en el Congreso. En teoría permitirá a los socios amenazar con ejercitar un derecho de separación en caso que no se haga un reparto de dividendos”.
En la práctica “si que va ser problemático para las empresas porque potencialmente puede dejar las empresas que se vean obligadas a esa separación tengan que hacer unos desembolsos económicos muy importantes que pueden restar valor a la propia empresa y a los socios que se quedan. Veremos como queda definido en la práctica al final. Es posible que aquí los accionistas minoritarios tengan una salida de la sociedad si lo consideran adecuado”.
Para Cohen “la redacción de dicho artículo plantea muchas dudas. En su corto tiempo de vida hay pocas resoluciones judiciales, una de la Audiencia de Barcelona sección 15 y otra de la Audiencia Provincial de Coruña”. A juicio de esta jurista “hay que mejorar la redacción y es necesario un mecanismo que analice la posición del minoritario frente a posibles abusos de la mayoría pero sin comprometer el futuro de la compañía”.
Preocupa la nueva redacción del artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital y que regulará el derecho a la separación de la empresa de los socios si no se reparten dividendos
Derecho societario, muy pegado a la práctica
Respecto a los administradores Díaz Marroquín recuerda que “tras la modificación legislativa del 2014, con la Ley de Sociedades de Capital, se han reestructurado los deberes del consejero y catalogado de nuevo. Esto lo que está generando es un debate muy interesante en distintos foros, algunos de estas cuestiones se abordaron en estas jornadas de Málaga”.
Así la ponencia inaugural de este II Congreso fue impartida Fernando Vives, presidente ejecutivo de Garrigues centro su intervención en la diligencia del administrado, como deber y como se estructura realmente en diferentes obligaciones “ no se puede medir igual en cada sociedad porque su nivel de responsabilidad es distinta en cada una de ellas”; indica Cohen.
Otro jurista de prestigio como Cándido Paz Ares, catedrático de Derecho Mercantil y socio de Uría Menéndez introdujo en otra mesa el llamado deber de lealtad de ese administrador en el ámbito de los grupos de sociedades y las consecuencias de ese incumplimiento. En este debate se discutió la sentencia del Supremo dictada en diciembre del 2015 que tanta polémica generó y que el propio ponente mostraba su disconformidad con la misma.
Sobre las infracciones de los administradores por deber de lealtad, un tema nuevo del que ya se hablaba en el Código Olivencia o en el Informe Aldama para que se concretase esas manifestaciones de deslealtad, que tuviera un régimen jurídico diferente del de diligencia, Cohen señala que “hasta el momento ha habido pocas sentencias sobre esta cuestión pese a las situaciones que pueden darse en la sociedad. Veremos si en los próximos años habrá mas pronunciamientos al respecto”
Un futuro Código Mercantil podría generar muchos cambios en el actual derecho de sociedades. Veremos como afronta el legislador este proyecto del que ya existe un borrador circulando
Sobre la impugnación de acuerdos sociales, Jesús Alfaro, catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad Autónoma de Madrid y Consultor de Linklaters fue el ponente “ es envidiable la capacidad de este jurista de simplificar los conceptos para analizar este asunto clave en cualquier sociedad de cierto tamaño”, comenta Díaz Marroquín. Fue una de las mesas más agiles y vivas con muchas preguntas que dieron lugar a intervenciones destacadas de muchos de los asistentes.
Respecto a los magistrados, Rafael Sarazá, magistrado de la Sala Civil del Supremo, centro su intervención en el deber de lealtad delos administradores explicando las últimas sentencia del Tribunal Supremo sobre dicha cuestión “Fue una intervención amena y didáctica conocer estos fallos recientemente generados y conocer su punto de vista sobre como se interpreta dicho deber de lealtad del administrador”, comenta Amanda Cohen.
En cuanto a la Ley de Sociedades de Capital, texto que ayuda a analizar con mejor claridad el actual derecho societario, Díaz Marroquín indica que “junto con la modificación antes citada de su articulo 348 bis que veremos como se concreta hay una propuesta de Código Mercantil, de la que existe un borrador ya, a la que iría en teoría todo el derecho societario al actualizar el actual Código de Comercio que es del siglo XIX. Su entrada en vigor supondría un cambio importante a corto y medio plazo”.
Otro de los expertos que tuvo una intervención destaca fue Alberto Alonso Ureba, catedrático de Derecho Mercantil y Miembro Nato de la Comisión General de Codificación del Ministerio de Justicia desde 1997, de vuelta en Ramón y Cajal Abogados desde mayo del 2017, tras una corta etapa ejerciendo por su cuenta.
“Su intervención se centró en las responsabilidades de los administradores ante los acreedores insatisfecho, otra cuestión muy del día a día que es habitual encontrarnos con ella. Habló de que existen tres modelos y contemplaba la posibilidad que los acreedores pudieran tomar medidas si no estaban satisfechos tras concluir el concurso” explica la propia Cohen.
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