La llamada Sección de Derechos Humanos del Colegio de Abogados de Tarragona se descolgó con una declaración pública atacando ferozmente al Tribunal Supremo y a las decisiones tomadas por el magistrado instructor, Pablo Llarena, al que no menciona personalmente.
Una declaración que la Junta de Gobierno del Colegio, cuyo decano es Manuel Albiac, no permitió que se colgara de la página web.
En la misma, sus componentes califican las decisiones adoptadas con el auto de procesamiento de los anteriores componentes del gobierno autonómico como de «absolutamente desproporcionadas, arbitrarias, y basadas en hipótesis de hechos que se podían (o no) haber producido. No tienen fundamento jurídico y atentan directamente contra los derechos fundamentales de todas las personas investigadas».
Los letrados se refieren de forma expresa, en su texto, a la «resolución» del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, de 23 de marzo de 2018, en la que se «insta al estado español a poner todas las medidas necesarias para garantizar el ejercicio de los derechos políticos».
Una «resolución» que no es tal sino simplemente un mero registro de entrada, tal como ha publicado Confilegal.
Los miembros de dicha Sección no aclaran dicha confusión sino que confieren al «recibí» del Comité la naturaleza de «resolución» hurtando la verdad a sus lectores: que el Gobierno tiene 6 meses para contestar al requerimiento del citado Comité de Derechos Humanos.
Sobre dicha respuesta, y una vez que estudien las argumentaciones del abogado de Jordi Sànchez, sus 18 miembros emitirán el informe consiguiente.
De la misma manera, los miembros de la citada Sección de Derechos Humanos del Colegio de Tarragona afirman que «las resoluciones del Tribunal Supremo contienen errores» y critican las prisiones preventivas dictadas contra los procesados que supuestamente impulsaron el proceso separatista en Cataluña.
Los letrados de la mencionada Sección no hacen referencia, en ningún caso, a los supuestos delitos de rebelión y malversación de fondos públicos, contenidas en el auto de procesamiento contra los encausados, ni refieren ninguna de las sentencias del Tribunal Constitucional que han prohibido al Parlamento Autonómico catalán tomar decisiones para las que legalmente no estaban autorizados.