El presidente del TSJ de Navarra aclara que él ordenó el seguimiento al tribunal del «caso manada», pero lo cerró antes de la sentencia
Joaquín Galve, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), durante su discurso en el acto de apertura del año judicial en la Comunidad foral el pasado mes de septiembre.

El presidente del TSJ de Navarra aclara que él ordenó el seguimiento al tribunal del «caso manada», pero lo cerró antes de la sentencia

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15/5/2018 00:15
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Actualizado: 15/5/2018 00:48
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El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), Joaquín Galve, aclaró ayer que fue él quien ordenó la apertura del expediente de seguimiento incoado a la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra, tribunal que dictó la sentencia del caso manada, compuesto por los magistrados José Francisco Cobo Sáenz, Raquel Fernandino Nosti y Ricardo Javier González González, este último autor del voto particular que tanta polémica ha levantado.

Sin embargo, dicho expediente no tuvo nada que ver con ese asunto en cuestión, precisó.

Galve ha querido así, mediante un comunicado oficial, salir al paso de la información publicada el domingo y ayer lunes en medios de comunicación locales y nacionales, procedentes de la agencia Europa Press, la cual, asimismo, fue recogida por nuestro diario digital.

De acuerdo con el presidente del TSJN el expediente de seguimiento «incoado a dicho órgano judicial, por retraso en el señalamiento de algunos procedimientos, fue acordado de oficio por el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra [es decir, él mismo], sin que en la adopción de dicho acuerdo tuviese intervención alguna la Sala de Gobierno de este Tribunal, ni la presidenta de la Audiencia Provincial de Navarra [Esther Erice]», explica.

Salve precisa que «se incoó por acuerdo de 22 de enero de 2016, y de cuya evolución fue dando cuenta periódicamente el presidente del Tribunal Superior a los miembros de la Sala de Gobierno».

«El 25 de abril de 2017″-prosigue- «el mencionado expediente de seguimiento se amplió a otros 6 procedimientos, por el mismo motivo, y también exclusivamente a instancias del presidente del TSJN. Entre dichos procedimientos no se encontraba el sumario 426/2016 de dicha Sección Segunda», el del caso manada. 

«El citado expediente de seguimiento fue dado por finalizado por acuerdo del presidente del TSJN de fecha 18 de diciembre de 2017, al estar resueltos, o señalados, los procedimientos que motivaron su adopción o continuación», concluye.

En conclusión, la vigilancia aplicada al tribunal sentenciador del caso manada no se extendió a ese asunto en cuestión al entender que en la fecha en dio carpetazo al expediente en cuestión la cosa se había normalizado y el ritmo de producción de sentencias estaba en un rango de normalidad.

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