Trapero sí será procesado por sedición y organización criminal
Josep Lluis Trapero caminando hacia su última comparecencia en la AN. EP.

Trapero sí será procesado por sedición y organización criminal

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha desestimado los 4 recursos
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28/6/2018 18:57
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Actualizado: 28/6/2018 19:07
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El exjefe de los Mossos d’Esquadra será procesado por simular un dispositivo engañoso para el 1-O, según han confirmado hoy los magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia Nacional en un Auto donde desestiman los recursos de apelación presentados por los cuatro investigados en esta causa por los incidentes ocurridos el 20 y 21 de septiembre frente a la Consejería de Economía en Barcelona y la jornada del referéndum independentista del 1 de octubre.

La AN ratifica la imputación de dos delitos de sedición y uno de organización criminal para Josep Lluis Trapero; organización criminal y delito de sedición para los exjefes políticos del cuerpo policial César Puig y Pere Soler y un único delito de sedición para la intendente Teresa Laplana.

Sintonía con la jueza Lamela

Según la Audiencia, las conclusiones de Lamela sobre la actuación de Trapero «no son gratuitas y se asientan en numerosas comprobaciones y actos de investigación policial que señalan al procesado como partícipe».

En concreto, como uno de “los numerosos signos” que vincula al exmayor de los Mossos con los delitos de sedición y organización criminal, está que el edificio asediado solo contó con la protección de los Mossos «sin refuerzo alguno a lo largo del día» y sin que se atendiera la petición de la Guardia Civil de establecer un perímetro de seguridad.

Estas “tibias medidas de seguridad» durante los registros judiciales de septiembre «enmascaraban una absoluta condescendencia con los hechos», dice la Sala que sobre el referéndum ilegal admite que las diligencias sumariales «demuestran sin duda la cooperación del recurrente en ese eslabón del plan secesionista».

1-O, un dispositivo engañoso con la mitad de efectivos

La Sala también precisa que, a instancias de sus superiores y  responsables políticos, Trapero no impidió la consulta según lo ordenado por el TSJ de Cataluña y de acuerdo con la prohibición del Constitucional.

Fruto de esa “connivencia”, el exjefe de los Mossos hizo de “correa de transmisión con sus subordinados» para incumplir el mandato judicial de que se evitase la celebración de la consulta y simular «un dispositivo engañoso, meramente formal, con designio no solo de permitir la celebración de la ilícita consulta sino de socavar la actuación que realizasen los otros cuerpos de Seguridad del Estado».

Además, ese día, el dispositivo policial se organizó con 7.000 efectivos, lo que supone casi la mitad de agentes movilizados en otros procesos electorales con 12.000 Mossos, con una distribución “ineficaz” y una actuación “ineficaz”, concluye la Sala.

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