Ojo con la imposición del pago de «propinas» en los cruceros

Ojo con la imposición del pago de «propinas» en los cruceros

Algo que debe ser opcional se encubre tras el concepto "cargo por servicio"
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07/8/2018 13:27
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Actualizado: 07/8/2018 13:33
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El precio de estas propinas disfrazadas, y que no se incluye en lo que el usuario ha pagado de inicio, suele oscilar entre los 9 y 13 euros por persona y noche y el pago normalmente se efectúa el último día del crucero.

El argumento utilizado por las compañías es que estos cargos «van destinados al personal que nos atenderá a bordo y ofrecerá una atención personalizada y continua». Sin embargo debe ser algo opcional que se encubre tras el concepto «cargo por servicio».

Son datos que ha ofrecido la Asociación Murciana de Consumidores y Usuarios Consumur que advierte que el mayor incumplimiento se observa en la publicidad, ya que «no incluye el precio completo, como así establece la normativa, que ha de abonar el consumidor por el viaje contratado». Así, señala que es frecuente anunciar el coste del crucero «sin incluir los visados, determinadas tasas, servicios como bebidas o comidas, excursiones, u otro tipo de cargos por administración y servicio».

Normativa aplicable

El artículo 60 bis de la Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, establece que «antes de que el consumidor y usuario quede vinculado por cualquier contrato u oferta, el empresario deberá obtener su consentimiento expreso para todo pago adicional a la remuneración acordada para la obligación contractual principal del empresario».

«Estos suplementos opcionales se comunicarán de una manera clara y comprensible y su aceptación por el consumidor y usuario se realizará sobre una base de opción de inclusión», según la Ley, que refleja que «si el empresario no ha obtenido el consentimiento expreso del consumidor y usuario, pero lo ha deducido utilizando opciones por defecto que éste debe rechazar para evitar el pago adicional, el consumidor y usuario tendrá derecho al reembolso de dicho pago».

«A la hora de contratar un crucero ya se ha de incluir en su coste el servicio que se nos prestará y se ha de entender que ha de ser satisfactorio, independiente del pago de propinas» dice la organización que también denuncia una «falta de información generalizada de este cargo, no incluido habitualmente en la oferta del precio a la hora de contratar». Tampoco se informa claramente del coste, añade.

Médico a bordo

Asimismo, Consumur advierte de que otro servicio que no está incluido en el precio del crucero es «el médico a bordo», del que «tampoco se informa al consumidor con la claridad suficiente, teniendo en cuenta su importancia».

Así, advierte que los cruceros cuentan con un médico cualificado a bordo, pero el coste de las consultas corre a cargo del pasajero, así como los medicamentos que fueran necesario adquirir. La tarifa de este servicio la fija el profesional sanitario, «no informándose de las mismas, por lo que el consumidor no las conocerá hasta que haya embarcado».

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