El coste del estrés laboral y la incapacidad sistémica para el cambio

Ser abogado, profesión de alto riesgo que reclama políticas de bienestar de sus despachos

14 / 09 / 2018 06:15

Actualizado el 31 / 03 / 2022 15:23

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El pasado 5 de septiembre, desde el Instituto de Salud Mental de la Abogacía (ISMA) se publicó un artículo del Dr. Bob Murray, miembro del Consejo Asesor, en el que se hacía la pregunta de si los clientes estaban “locos”.

Pese a que el título, de primeras, pudiera impactar, el lector/a interesado pudo bucear en el interesante estudio que el Dr. Murray hacía en las líneas que lo seguían y podía concluir fácilmente lo que el eminente doctor quería hacernos reconocer, como si de una moraleja se tratara: la “locura” del cliente no es más que el estrés escondido bajo una máscara opaca que impedía ver la realidad.

Obviamente, no toda la responsabilidad es del cliente, sino que existe una suerte de corresponsabilidad, como casi todo en esta vida. Nadie es culpable de todo, sino que siempre existen “concausas” (atribuibles, habitualmente, a otras personas) que ayudan a que una determinada conducta o actitud se ejecute o muestre.

Asimismo, el artículo del Dr. Murray analiza otra faceta del estrés, el estrés laboral, poniendo de manifiesto una realidad incuestionable: el estrés laboral lleva a que, en el seno de las propias empresas, se cometan actos que atentan contra la dignidad de las personas (acoso, fraude, robo, etc.).

Es lo que sucede cuando pones a los seres humanos al borde del desfiladero, recordándoles cada día que, o compiten crudamente, o tal vez serán despedidos: esa es una buena forma de expresar lo que suponen los sistemas de promoción up-or-out.

Aquí surge una cuestión que reviste interés, no solo social (que es el único que el ISMA y sus miembros tienen en mente), sino también económico para quienes ven en lo social un espejismo inalcanzable e ineficiente en términos monetarios.

¿Cuál es el coste del estrés?

Cuando hablamos de “coste”, habitualmente pensamos en el gasto económico en el que incurrimos para adquirir un bien o para recibir un servicio. De hecho, es lo que conlleva una interpretación restrictiva de la definición oficial de “coste” efectuada por la RAE: “gasto realizado para la obtención o adquisición de una cosa o servicio”.

No obstante, los costes no siempre tienen porque ser económicos, sino que también pueden ser humanos y sociales. Aquí, valoraremos los “costes” del estrés desde un prisma más amplio y más humano.

Empecemos con las cifras:

  • 1 trillón de dólares americanos es el coste anual del estrés laboral según Bob Murray
  • Según un informe de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo de 2014, el coste anual de las enfermedades profesionales (vinculadas con el trabajo) es de 200.000 millones de euros, siendo solo el del estrés laboral de en Europa de 20.000 millones de euros
  • Siguiendo con esta línea, un proyecto financiado por la Unión Europea llevado a cabo en el año 2013, desveló que el coste anual de la depresión laboral es de 617.000 millones de euros, estando compuesto por los siguientes conceptos:
    • Absentismo y presentismo: 272.000 millones de euros
    • Pérdida de productividad: 242.000 millones de euros
    • Costes de asistencia sanitaria: 63.000 millones de euros
    • Costes de bienestar social en forma de pagos por prestaciones sociales por invalidez: 39.000 millones de euros

Esta sería la perspectiva más fría de los costes del estrés, los que denominaríamos como socio-económicos (o, simplemente, “sociales”, como los califica la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo). Ahora vienen los que denominamos como costes humanos.

El primero y más importante, según la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo son los problemas de salud mental vinculados puramente con el estrés laboral. Según la Red Europea de Promoción de la Salud en el Trabajo, estos problemas suponen un coste de 240.000 millones de euros al año para las arcas públicas: 97.000 millones en asistencia sanitaria, 9.000 millones en costes de asistencia sanitaria y 133.000 millones en costes indirectos.

El segundo es el de las enfermedades cardiovasculares, trastornos que son, principalmente, cardíacos. Está claro que cuando estamos en una situación de estrés laboral, aumenta la producción de adrenalina por parte de nuestro cuerpo, lo cual provoca inevitablemente un aumento en la frecuencia cardíaca.

Esta situación, asociada o no con condiciones previas o antecedentes de problemas cardíacos, pueden degenerar en hipertensión y otros trastornos de carácter cardiovascular llegando, incluso, a la posibilidad de sufrir un infarto.

La Red Europea del Corazón cuantificó en 106.157 millones de euros el coste anual de estas enfermedades en Europa.

Les siguen los musculoesqueléticos, que costaron (solo al Servicio Nacional de Salud británico) 746.000 millones de libras esterlinas a las arcas públicas (829.430 millones de euros). Tomando este dato y dividiéndolo entre el número de habitantes del Reino Unido (65,64 millones de habitantes) llegamos a que el coste por habitante es de 12.636 euros. ¿Cuál sería este coste extrapolado al conjunto de la Unión Europea? 6.477.819.968.376 de euros al año (más de 6 trillones de euros, tomando la estimación de población del Eurostat para 2018).

Y, para finalizar, la diabetes, que también tiene costes asociados importantes.

La salud mental de la Abogacía

Todos estos números (y realidades humanas) nos deben llevar a pensar que, tal vez, hay algo que no estamos haciendo bien.

La abogacía española no dispone de datos oficiales en los que respaldarse con suficiente validez, y debemos basarnos, únicamente, en los datos comparados que nos ofrecen los Estados Unidos y el Reino Unido, quienes ya están adoptando medidas para cuidar a sus empleados (abogados y abogadas, principalmente).

Aquí en España, el ISMA ha nacido para predicar con el ejemplo británico y americano y concienciar a todos los actores implicados. A los despachos de abogados, que tienen la obligación de adoptar políticas para reducir los riesgos psicosociales como categoría de riesgos en materia de seguridad y salud de los trabajadores (Directiva Marco 89/391/CEE); y a los empleados y empleadas, que tienen que ser capaces de exponer sin miedo sus preocupaciones y los síntomas de dolencias que les estén afectando.

En este punto me viene a la mente una frase de forma muy recurrente: “no dejéis para mañana lo que podáis hacer hoy, porque luego, tal vez, sea ya demasiado tarde”. No solo me refiero a vivir la vida y a poder tener tiempo para uno o una misma, sino me refiero, directamente, a vivir.

Nuestro cuerpo es sabio y nos da señales de que, a lo mejor, internamente estamos empezando a mostrar síntomas de dolencias que, si no son tratadas a tiempo, tal vez sea ya demasiado tarde.

Conocer nuestro propio cuerpo nos llevará a tomar sabias decisiones y, tal vez, a salvar nuestra propia vida. No lo olvidéis, el dinero no da ni la felicidad ni salva la vida cuando es a costa de la propia salud.

Desde el ISMA estamos comprometidos a colaborar y ayudar a despachos de abogados, a administraciones públicas y a sus respectivos empleados a concienciarlos de que la preocupación por la salud mental de los profesionales del Derecho no solo es algo que sea aquello que es correcto (the right thing to do), sino también porque favorece a los ciudadanos y ciudadanas, pues contarán con profesionales más atentos y eficaces (good for citizen) y porque también es bueno para las propias empresas pues, a largo plazo, obtendrán un beneficio directo (good for business).

Por este motivo, el ISMA pretende que la abogacía española tome las medidas necesarias para que su normativa reguladora incluya estos principios. El próximo 27 y 28 de septiembre defenderemos enmiendas a la normativa de la Abogacía Catalana en el Congreso que se celebrará en Tarragona.

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