La Justicia italiana dirime hoy la custodia de los hijos de Juana Rivas
Juana Rivas con sus dos hijos en una foto de hace un año. EP.

La Justicia italiana dirime hoy la custodia de los hijos de Juana Rivas

Es la competente porque es donde residen los menores
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27/9/2018 07:00
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Actualizado: 27/9/2018 10:35
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Hoy, a las 12:00 horas, tendrá lugar en el Tribunal italiano de Cagliari la vista definitiva del proceso para decidir sobre la custodia de los hijos de Juana Rivas, condenada en España a cinco años de prisión por sustracción de menores y a seis de inhabilitación para ejercer la patria potestad sobre los niños, de doce y cuatro años.

Rivas solicitará que le concedan la custodia y que los menores residan en España.

Al igual que sucede en la legislación española para los procesos de familia, durante la vista se examinará la pericial solicitada por el juzgado sobre la situación de los menores y la relación con los progenitores tras las entrevistas realizadas.

María Eugenia Álvarez, abogada de Rivas, solicitará la custodia en exclusiva para su defendida con residencia en España o, en todo caso, la compartida. El régimen de visitas se desarrollaría también en España alegando los supuestos «episodios de violencia» de su expareja Francesco Arcuri.

Por su parte, el padre de los menores también pedirá la custodia exclusiva de los niños y que el régimen de visitas se desarrolle en Italia donde convive con sus hijos.

Lo «normal» es que la custodia sea para el padre

Para la abogada especializada en Derecho de Familia Isabel Winkels, esta medida es una «huida hacia adelante. Juana Rivas está agotando todas las opciones, teniendo en cuenta que la sentencia del Juzgado de lo Penal 1 de Granada no es firme y que ella cree que se le concederá el indulto».

En su opinión, «lo normal» es que la custodia de estos dos menores recaiga en el padre porque, «lógicamente, el tribunal italiano tendrá en cuenta lo sucedido», es decir, que Rivas sustrajo a sus hijos durante casi un mes el año pasado, incumpliendo las resoluciones judiciales que le obligaban a entregárselos al padre para que regresaran a Italia, donde tenían fijada su residencia.

Además hay que contar con todos los documentos que los progenitores suelen presentar en estos procesos para probar cómo es la convivencia con los menores, como por ejemplo informes de los profesores, de vecinos y, en definitiva, del entorno donde se socializan.

En este sentido, y según explica esta experta, difícilmente podrá Rivas aportar pruebas de este tipo cuando los niños residen y están escolarizados en Italia y ella en España.

No obstante, cuando la custodia solo puede acordarse a favor de un progenitor, como es el caso, los jueces siempre van a actuar protegiendo adecuadamente el interés del menor, precisa Winkels, por lo que también admite que habiendo de fondo supuestos malos tratos, podría hacer que el tribunal se decantara por concedérsela a la madre.

Si se entendiera que este es el régimen de custodia más beneficioso para los dos niños y Juana Rivas entrara en prisión, la custodia se revertiría automáticamente, o lo que es lo mismo, los menores volverían a Italia con su padre Francesco Arcuri.

El tribunal italiano es el «verdaderamente» competente

A la cuestión de por qué es un tribunal italiano el que decidirá sobre este procedimiento cuando Rivas ha sido sentenciada por la justicia española, Winkels explica que cuando como consecuencia de un divorcio hay un proceso de solicitud de custodia, el lugar de residencia de los hijos es el que se fija como tribunal natural.

Por eso, en este caso la única jurisdicción capacitada es la italiana.

La razón de que fuera juzgada y sentenciada en España es porque Juana Rivas «intentó modificar el tribunal competente forzando un cambio que trajera su proceso a los tribunales españoles». Ese cambio que explica Winkels lo forzó precisamente con la sustracción de sus hijos Gabriel y Daniel.

Así, en la sentencia del Juzgado de lo Penal 1 de Granada se afirma que Rivas sabía que tenía la obligación de entregar a los menores al padre y que de forma consciente y deliberada lo incumplió. Se la condenó a dos delitos de sustracción de menores en un procedimiento penal que en nada tiene que ver con el tribunal que tiene capacidad para fijar la custodia que es el italiano.

Según el relato de los hechos probados, el 18 de mayo de 2016 Juana Rivas se trasladó a Granada con sus dos hijos manifestando que lo hacía para visitar a la familia y mostrando intención de volver nuevamente en un mes a la residencia familiar en Carloforte.

Llegada la fecha de la vuelta, no lo hizo y el 12 de julio de 2016 interpuso denuncia por malos tratos contra Arcuri en el Juzgado de Violencia 2 de Granada. Con anterioridad había manifestando al padre de los menores que se hallaba enferma y no iba a volver en la fecha prevista, «cuando en realidad había adoptado la decisión de no retornar con los dos hijos a Carloforte y mantenerlos con ella en Granada».

En esa situación Francesco Arcuri, promovió y obtuvo, ante el Tribunal de Cagliari, la guarda y custodia provisional de los dos menores y promovió procedimiento de devolución de menores ante el Ministerio de Justicia de Italia. El Estado italiano lo remitió al Ministerio de Justicia español, y este, al Juzgado de Primera Instancia número 3 de Granada, que dictó sentencia en la que acordó la inmediata
restitución de los menores a Italia como Estado de residencia habitual de los dos.

Rivas desatendió los sucesivos requerimientos de entrega.

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