El juzgado de lo Social número 2 de Lugo cuyo titular es el magistrado Fernando López-Guitián ha tenido que resolver sobre el equilibrio entre el derecho de libertad de expresión del consejero delegado de la fábrica de cerámica Sargadelos, Segismundo García, y el derecho de libertad sindical de la ex delegada de UGT, Rogelia Mariña.
La historia viene de antiguo. El 14 de agosto de 2014, se incoó un expediente sancionador a Mariña por ausentarse de su puesto trabajo y amenazas. Unos meses antes, la empresa entró en concurso de acreedores con una deuda con los bancos de 5 millones de euros.
En diciembre de 2016, Mariña fue despedida.
En febrero de 2018, el juzgado Social número 3 de Lugo declaró nulo el despido de la delegada sindical por vulneración del derecho a la libertad sindical. Y aunque la sentencia está recurrida por ambas partes ante el tribunal autonómico, la empleada fue readmitida provisionalmente tras indemnizarla con 30.000 euros.
Mala relación
El consejero escribió un artículo de opinión publicado el 6 de marzo de 2018 en El Progreso de Vigo bajo el título ‘Moral, conformismo y estupidez‘ donde criticaba la sentencia dictada y la actitud de Mariña y UGT ante el ERE de la empresa.
«No tuvo reparo (con su sindicato UGT) en impugnar ante el Tribunal Supremo un ERE imprescindible para la supervivencia de las empresas, que sensatamente el T.S. desestimó, pero que de haber aceptado sus pretensiones, habría significado el cierre inmediato de Sargadelos. Obviamente sus exigencias causaron perjuicios a la compañía y varios miles de euros en gasto de abogados», escribía.
El 17 de agosto de 2018 el consejero convocó a toda la plantilla para comunicar que se iban a producir 49 despidos con efecto inmediato y que se correspondían con las últimas personas contratadas.
«No queremos que nadie se sienta explotado según el léxico sindical y de la Sra. Mariña». Y “así pues, tanto UGT como la Sra. Mariña se alegrarán que a los trabajadores de Sagardelos desalmados como yo no le explotemos y, por fin, dejemos de incumplir la ley», dijo Segismundo García, según los hechos probados.
El 21 de agosto, la delegada de UGT interpuso demanda sobre tutela de libertad sindical.
Tres días después, los trabajadores pidieron la dimisión de Mariña como representante sindical. Para evitar enfrentamientos con la plantilla, la empresa concedió a la trabajadora un permiso retribuido de una semana.
La asamblea convocada unos días más tarde y a la que asistió García revocó su cargo con 45 votos a favor y 11 en contra por lo que con fecha 14 de septiembre, Mariña dejó de ser representante de los trabajadores después de más 30 años.
Críticas
El juez indica en el fallo que las críticas vertidas por el socio mayoritario de la compañía en esa reunión contra la sindicalista están amparadas por su derecho a la libertad de expresión.
“Son críticas y denuncias dirigidas a los trabajadores acerca del funcionamiento de un sindicato y una representante del mismo”, subraya en la sentencia.
Durante el juicio, García no admitió expresamente que hubiera dicho que estaba dispuesto a cerrar la empresa si la delegada sindical seguía. «Lo único que dije fue que la situación era delicada y que iba a haber despidos». Contra Rogelia Mariña, como trabajadora no tenía nada, afirmó, pero como sindicalista reiteró que sus exigencias eran inasumibles.
En cuanto a la grabación aportada por UGT de la asamblea, el juez señala que el administrador no reconoció su voz y que no puede servir de prueba en su contra porque “se desconoce quién realizó la grabación y, en consecuencia, dar veracidad de la misma”.
Además, resalta que “ninguno de los testigos reconoce las expresiones allí vertidas y leídas por el letrado de UGT en el acto del juicio”.
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante el TSXG.