Auren Auditores ZAZ, segunda empresa auditora condenada por el Tribunal Supremo por mala praxis

El Supremo iguala la adquisición del grado personal de funcionarios de carrera e interinos

16 / 11 / 2018 06:15

La Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que fija que el artículo 70.2 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 364/1995, que establece el modo de adquisición del grado personal en la Administración del Estado, se aplicará no sólo a los funcionarios de carrera sino también a los interinos.
El grado personal se corresponde con alguno de los 30 niveles en que se clasifican los puestos de trabajo de la Administración.
El artículo en el que se basa el fallo, señala que todos los funcionarios de carrera adquirirán un grado personal por el desempeño de uno o más puestos del nivel correspondiente durante dos años continuados o tres con interrupción.

El Alto Tribunal adopta la decisión a la luz de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la aplicación de la directiva comunitaria 1999/70/CE relativa al Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada.

Consolidación del grado personal

La Sala desestima el recurso de casación presentado por la Diputación Provincial de Málaga contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que dio la razón a un funcionario interino y señaló que tenía derecho a que se atendiese su solicitud de reconocimiento de consolidación de nivel de complemento de destino 26 tras haber desempeñado durante 12 años, como funcionario interino, un puesto cuyo complemento de destino era de ese nivel.

En concreto, el de Director en el Centro provincial de Drogodependencia.

El trabajador hizo la solicitud tras incorporarse al puesto de trabajo de médico del mismo Centro, cuyo complemento de destino era de nivel 24.

La Sala confirma que quien como funcionario interino ocupó durante doce años un puesto de trabajo de nivel 26, consolidó en ese tiempo el grado personal correspondiente, con el efecto de conservarlo aunque después pasase a desempeñar otro de nivel inferior.

En primer término, el tribunal destaca la irrelevancia de los argumentos del recurso de la Diputación referidos a la adscripción provisional, al principio de igualdad o a una sentencia del Supremo de 2003 que fijó doctrina cuando existía adscripción provisional.

Y ello “porque el puesto de trabajo que el actor desempeñó durante aquellos doce años o durante algunos de ellos no se proveyó por medio de adscripción provisional; ni nos encontramos, por tanto, ante un litigio en el que hubiera de computarse para el reconocimiento de la consolidación solicitada un tiempo de trabajo prestado en adscripción provisional”.

La sentencia recuerda que el Acuerdo marco anexo a la directiva comunitaria de 1999 establece que “por lo que respecta a las condiciones de trabajo, no podrá tratarse a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos comparables por el mero hecho de tener un contrato de duración determinada, a menos que se justifique un trato diferente por razones objetivas”.

A ello añade que el grado personal y sus efectos jurídicos han de ser incluidos en el ámbito o en el concepto de “condiciones de trabajo” que utiliza la cláusula transcrita, pues así resulta de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE, así como que el trabajador era “comparable” al funcionario fijo que hubiera desempeñado el mismo trabajo que desempeñó aquél durante aquellos doce años.

Noticias relacionadas:

El Supremo pone freno a las empresas: las cláusulas que permiten cambiar unilateralmente la jornada son nulas

Que tu empresa te proteja por edad ante un riesgo de salud no es discriminación, según el Supremo

El CGPJ convoca la plaza de presidencia de la Sala Tercera del Supremo, y cuatro plazas de magistrado

En un caso de divorcio, el IBI lo paga el dueño de la vivienda, y no quién vive en ella

El Supremo se declara no competente para juzgar a Marta Rovira y envía la causa a Barcelona

Los titulares periodísticos «exagerados» también están amparados por la libertad de información, según el TS

Lo último en Tribunales

Guardia civil de espaldas.

La Guardia Civil abre expediente disciplinario al capitán de la UCO implicado en el ‘caso Leire Díez’ y lo suspende de funciones, cautelarmente

leire diez en plaza de castilla

El PSOE eleva a 44.859 euros los pagos reconocidos a Leire Díez como asesora de comunicación

Policía Nacional(1)

El TSJ de Madrid anula la exclusión de un aspirante a Policía Nacional por la pérdida traumática del bazo

stradivarius zara despido

Un holding uso datos de dos empresas para despedir a una empleada: el juez condena con 5.000 € por vulneración de la intimidad

Ferrer y Martínez Arrieta compiten por presidir la Sala Penal del TS y Teso y Lucas, por lo Contencioso-Administrativo

El Supremo pone freno a las empresas: las cláusulas que permiten cambiar unilateralmente la jornada son nulas