Cuatro derechos imprescindibles a tener en cuenta, como pasajero, ante la próxima huelga de Ryanair
Los tripulantes de cabina de pasajeros de Ryanair han convocado una huelga para los días 8, 10 y 13 de enero.

Cuatro derechos imprescindibles a tener en cuenta, como pasajero, ante la próxima huelga de Ryanair

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06/1/2019 06:15
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Actualizado: 06/1/2019 00:26
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El Ministerio de Fomento ya estableció  los servicios mínimos para la nueva  huelga de Tripulantes de Cabina de esta línea aérea. Es muy importante conservar tarjeta de embarque y los tickets de los gastos adicionales que se hagan por cualquier incidencia en nuestro vuelo.

Al igual que sucediera este verano, Fomento, de forma similar a dicha convocatoria de huelga ha comunicado a Ryanair, Aena, Enaire y a los sindicatos convocantes SITCPLA y USO-STA, los servicios mínimos correspondientes a la convocatoria de huelga de Tripulantes de Cabina de Pasajeros (TCP) para los próximos días 8, 10 y 13 de enero.

Desde el Ministerio que dirige José Luis Ábalos, se indica que dichos servicios esenciales tienen como objetivo compatibilizar el interés general de los ciudadanos y en particular sus necesidades de movilidad, con el derecho de huelga de este colectivo de trabajadores.

En este contexto se volverán a interponer multiples reclamaciones. Se pueden tramitar por plataformas especializadas «online» como AirHelp o reclamador.es o acceder al formulario de Ryanair.

Airhelp es la más conocida a nivel de líneas aéreas. Y es ella la que explica a Confilegal los

Desde la plataforma de reclamaciones AirHelp explican a Confilegal que son necesarios conocer los 4 derechos de los pasajeros aéreos imprescindibles para poder actuar ante cualquiera de estos imprevistos.

Es muy importante en esta situación conservar  tu tarjeta de embarque, obtengas información detallada del incidente, conservar  los recibos de posibles gastos extra, y en el caso de problemas de equipaje guardar  el resguardo del equipaje facturado e informes del daño antes de abandonar el aeropuerto.

1. – Derechos de los pasajeros por  retrasos en el vuelo

Desde Airhelp se señala que si el vuelo se retrasa esos derechos  como pasajero aéreo variarán dependiendo del lugar en el que uno se encuentre.

Si se vuela dentro de la UE desde el año 2004 los pasajeros que vuelen dentro de la UE gozan de una protección especial gracias al Reglamento (CE) N.º 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, llamado  CE 261.

Los retrasos que cubre: sólo los superiores a 3 horas desde la hora de llegada, que es cuando el avión se encuentra en la puerta de embarque y se abren las puertas.

 No cubre las llamadas “circunstancias extraordinarias”, pero sí las “dificultades técnicas” y las “circunstancias operativas”.

Obligación de informar: es el  primer derecho básico es estar informado sobre el contenido del CE 261. Cada aerolínea tiene que mostrar información sobre los derechos de los pasajeros en sus mostradores de facturación. 

En cuanto a las compensaciones económicas: irán desde los 250 € hasta los 600 € dependiendo de la distancia del trayecto, si el  vuelo está dentro o no de la UE, y de la duración del retraso. 

Sobre otras compensaciones:  junto con el CE 261 todos los pasajeros de vuelos europeos tienen derecho a un reembolso o vuelo alternativo si el retraso es superior a 5 horas.

Al mismo tiempo se  tiene  derecho a asistencia, en lo que se refiere a comida, bebida, comunicaciones y alojamiento dependiendo de la distancia del vuelo, el tiempo de retraso y el lugar; y a aumento de prestaciones en caso de aceptar un vuelo alternativo sin coste alguno o a reembolso parcial si la clase es inferior. 

En EE. UU. los derechos de los pasajeros aéreos por retrasos de vuelo son muy reducidos y es realmente una decisión de las aerolíneas compensar a sus usuarios o no. La única excepción son los retrasos en la pista de cualquier vuelo que salga o llegue a un aeropuerto estadounidense.

En este sentido si el avión se queda en tierra con pasajeros a bordo se tiene  derecho a comida, agua, acceso al baño y atención médica en las 2 horas después de comenzar el retraso; información cada 30 minutos; y después de 3 horas (4 en los vuelos internacionales) el avión debe volver a la puerta de embarque y dejarte salir siempre y cuando no haya problemas de control aéreo o de seguridad.

Gracias al Convenio de Montreal se ofrece cierta protección a los pasajeros de vuelos internacionales desde el año 2003 en más de 120 países, incluido EE. UU y la UE.

Por último, el tiempo límite para presentar una reclamación es de 2 años desde la fecha de tu llegada al destino final, la fecha en la que el avión debería haber aterrizado o la fecha en la que realmente aterrizó si es diferente.

2.-  Derecho por cancelación de vuelo

 Desde Airhelp aclaranque, en este tipo de cuestiones, tan sólo están protegidos los pasajeros dentro de la UE y los que realicen viajes internacionales.

EE.UU. carece de protección legal en este sentido y en unos algunos países, existen regulaciones nacionales.

En la UE están cubiertas todas las cancelaciones de vuelos que sean notificadas con menos de 14 días de antelación siempre y cuando no te ofrezcan un vuelo alternativo.

Respecto a la compensación económica varía entre los 250 € y los 600 €, dependiendo de la distancia del trayecto, de si tu vuelo está dentro o no de la UE y de la duración del retraso en el caso de que aceptes un vuelo alternativo o cambio de ruta.

En el caso de rechazar un vuelo alternativo hay derecho  no solo a la compensación económica, sino también a un reembolso del precio de tu billete y a un vuelo de vuelta hasta el lugar de salida original si fuera necesario.

Al igual que en los retrasos de vuelos, los pasajeros de vuelos internacionales sólo pueden reclamar por el daño resultante de la incidencia en el caso de cancelación de un vuelo. Además, tampoco están incluidas las “circunstancias extraordinarias”

3.- Derechos de los pasajeros por denegación de embarque

La denegación de embarque es otro de los problemas más habituales con el que se encuentran los pasajeros y frecuentemente está motivado por el conocido como «overbooking», que no es otra cosa que vender más billetes que asientos.

A nivel europeo, según la CE 261 solo se cubren las denegaciones involuntarias de embarque siempre y cuando no se llegue  tarde al embarque, lleves toda la documentación correcta y no se cree  un problema de seguridad o de salud.

Si, voluntariamente, se renuncia al asiento a cambio de un reembolso, un vuelo alternativo o cualquier otro tipo de beneficio, también se renuncia  al  derecho de compensación

En cuanto a las compensaciones económicas, depende del vuelo. En Puede ir en vuelos de menos de 1.500 km será de 200 €;  a los 600 para vuelos no comunitarios de más de 3.500 km será de 600 €.

Además, a la compensación económica hay que sumar el derecho de obtener un vuelo alternativo o de un cambio de ruta hasta tu destino.

 Es  importante saber  que la  compensación debe producirse inmediatamente después de que se  haya denegado el embarque. Es decir, en el propio aeropuerto.

Otras compensaciones: al igual que con los retrasos y cancelaciones de vuelos, también se tiene  derecho a reembolso o vuelo alternativo, derecho a asistencia y de aumento o reducción de prestaciones.

En Vuelos en EE. UU si se trata de  denegaciones de embarque todos los vuelos con compañías estadounidenses entre ciudades del país y vuelos internacionales con salida en EE. UU. están cubiertos. Las compensaciones dependen de si es un vuelo dentro de EEUU o internacional. Pueden oscilar entre los 675 $ hasta los 1.350 $.

4.- Derechos de los pasajeros aéreos por problemas de equipaje

Por último, hay que hablar de los  problemas de equipaje.

Están regulados de la misma manera tanto si se viaja  dentro de la UE como si se trata de un vuelo internacional.

La problemática va, desde encontrarnos el equipaje dañado, que nos llega con retraso o se extravía.

En el primer caso  la aerolínea tendrá que  repararlas o sustituirlas. 

Si hay demora , la aerolínea debe reembolsarte el coste de su reemplazo. En este caso debes conservar tus recibos de la compra.

En el caso de que pierda ,  la aerolínea debe compensarnos por la maleta y por su contenido, siempre que puedas facilitar documentación de los objetos perdidos y de su valor.

Según la normativa actual, pasados 21 días la maleta extraviada se considera perdida, aunque aparezca posteriormente.

La normativa de EE. UU. sólo protege por problemas de equipaje a los pasajeros de vuelos domésticos con operadores estadounidenses entre ciudades de EE. UU. Por su parte, los vuelos internacionales con origen en EE. UU. están cubiertos por el Convenio de Montreal.

En cuanto al Límite de responsabilidad: el importe de la compensación será algo que se negociará con la aerolínea, sin embargo debes saber que el límite de responsabilidad estipulado es de 3.500 $ si no has contratado una cobertura adicional en el mostrador de facturación.

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