La Audiencia Nacional confirma las multas de 240.000 euros a la ANC por la encuesta del 9-N y la difusión de datos de sus propios socios

La Audiencia Nacional confirma las multas de 240.000 euros a la ANC por la encuesta del 9-N y la difusión de datos de sus propios socios

Las impuso la Agencia de Protección de Datos

8 / 03 / 2019 13:35

Actualizado el 08 / 03 / 2019 18:07

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ANC

La Audiencia Nacional ha confirmado las dos multas de 200.000 y 40.000 euros que la Agencia de Protección de Datos impuso a la Asamblea Nacional Catalana (ANC) por la encuesta que hizo de cara al referéndum del 9 de noviembre de 2014, y por la falta de seguridad en la custodia de los datos de sus propios socios, que acabaron siendo difundidos por Anonymous en una red social.

En una misma sentencia, el tribunal de Sala de lo Contencioso-Administrativo de la AN desestima los recursos planteados por la ANC contra esas dos sanciones, la primera por infracción muy grave y la segunda por infracción grave de la Ley de Protección de Datos.

El tribunal entiende que ambas fueron impuestas «conforme a derecho».

En cuanto a la falta muy grave, se cometió en los meses de octubre y noviembre de 2014, cuando Òmnium Cultural, que ya fue sancionada a 200.000 euros, y la ANC acometieron lo que llamaron «Gigaencuesta» que llegó a 3 millones de hogares.

Era un formulario de seis preguntas que arrancaba con la siguiente: «Si Cataluña fuera un Estado tendría entre 8.000 y 16.000 millones de euros más: ¿Cómo cree que se debería gastar?».

Aquella encuesta se desarrolló por correo postal y mediante 30.000 voluntarios repartidos por áreas geográficas con visitas puerta a puerta.

«Los encuestadores cumplimentaban los formularios de aquellos ciudadanos que así lo deseaban», señala el tribunal, y detalla que los resultados eran enviados después a Òmnium.

Jordi Sánchez, expresidente de la Asamblea Nacional de Cataluña (ANC) junto al líder de Ómnium Cultural, Jordi Cuixart., ambos en prisión provisional por el ‘procés’. Foto: EP.

DATOS DE 53.818 PERSONAS

Los magistrados manifiestan que todo ese proceso, la ANC trató los datos personales de los encuestados «sin el consentimiento reforzado» que requiere la ley en este tipo de consultas.

Además, si bien después de la encuesta sólo se iban a guardar los datos de aquellos que lo hubieran autorizado, «figura acreditado» que «no se había procedido a la separación física de la parte destinada a registrar las respuestas y la parte destinada a recabar datos de carácter personal».

En cuanto a la segunda sanción, la ANC tiene inscrito en el Registro General de Protección de Datos una base denominada «Associats» con datos personales de socios, colaboradores y simpatizantes, a partir de la cual creó un fichero en el que esas personas podían acceder con su DNI para apuntarse a una asamblea.

El 4 de septiembre de aquel año, un grupo autodenominado Anonymous Cataluña publicó en su perfil de Facebook datos de socios de ANC a partir de aquel fichero creado para la asamblea con 53.818 personas.

Para los magistrados, ha quedado probada la falta de medidas adecuadas para garantizar la seguridad de aquellos datos, por lo que confirma la sanción que impuso por ello la Agencia de Protección de Datos.

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