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Una juez ordena a la ANC que cese su campaña de ‘consumo estratégico’ a empresas soberanistas

20 / 12 / 2019 00:00

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El Juzgado Mercantil 11 de Barcelona ha ordenado a la ANC que cese cautelarmente su campaña de ‘consumo estratégico’ a empresas afines con la independencia y acuerda el cierre de su web ‘Consumo estratégico’, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat).

Así, la titular del juzgado estima parcialmente las medidas cautelares solicitadas por Foment del Treball en el marco de una demanda contra la ANC por supuesta competencia desleal.

La jueza ordena a la ANC que cese en «la realización de cualquier actuación, por cualquier medio, con trascendencia pública que suponga la difusión de la campaña ‘Consumo estratégico‘ objeto de este procedimiento y que se abstenga de realizarlas en el futuro», según un auto consultado por Europa Press.

La magistrada constata que ha quedado acreditada «la comisión por parte de la ANC de una serie de conductas que de manera indiciaria podrían constituir actos de competencia desleal».

Entre ellas, cita hacer llamamientos «a no contratar con las empresas que han participado en la denominada ‘campaña del miedo’ y con esa finalidad crear un registro de lo que se denomina ‘proveedores estratégicos», haciendo llamamientos públicos a contratar con determinadas empresas y no con otras.

Considera, para justificar la adopción de estas medidas cautelares, que «los perjuicios para las empresas señaladas son de enorme gravedad» y no ve adecuado que la situación creada se mantenga durante la sustanciación del procedimiento judicial.

PETICIÓN DE FOMENT

El 23 de julio de 2019, Foment del Treball solicitó medidas cautelares previas a la presentación de una demanda por competencia desleal contra la ANC por esta campaña, y pidió retirar de forma provisional e inmediata la realización de campañas de boicot a empresas, cerrar la web, hacer charlas, conferencias y ferias, la difusión de folletos, además de cesar la confección y entrega de listas de empresas recomendadas.

Para Foment, la campaña de la ANC supone una competencia desleal, ya que se trata de «un boicot doble», al hacer peticiones dirigidas tanto a los consumidores como a las empresas, y no se encuentra justificado por la libertad de opinión.

La ANC alegaba que Foment del Treball carecía de legitimación activa para solicitar las medidas al no existir «justificación económica alguna en la pretensión», un argumento que ha sido desestimado.

La magistrada acuerda en su auto que Foment del Treball aporte en el plazo de diez días una caución de 50.000 euros para cubrir «el posible daño que se pudiera causar a la demandada en el caso de que la demanda principal no fuera estimada».

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