El TJUE dictamina que las clases de conducir para permisos B y C1 no están exentas de IVA
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) tiene su sede en Luxemburgo.

El TJUE dictamina que las clases de conducir para permisos B y C1 no están exentas de IVA

Destaca que no pueden ser consideradas una enseñanza escolar o universitaria y que, por tanto, no tienen que pagarlo
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14/3/2019 15:11
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Actualizado: 24/6/2020 16:34
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado hoy que las clases de conducción para obtener permisos de las categorías B y, C1 -aquellos vehículos destinados al transporte de personas y que no excedan las 3,5 o 7,5 toneladas- no pueden ser consideradas una enseñanza o escolar o universitaria y, por tanto, no están exentas de IVA.

Así ha respondido la Justicia europea al Tribunal Supremo de lo Tributario de Alemania, que preguntó por el caso de una autoescuela privada que había impugnado ante los órganos nacionales la negativa de las autoridades alemanas a eximir del pago del IVA a los cursos de conducción para dichas categorías de vehículos.

En concreto, la autoescuela argumentaba que los cursos cubren la transmisión de conocimientos teóricos y prácticos, así como que su finalidad «no es puramente recreativa», puesto que la posesión de los permisos B y C1 «puede responder a necesidades profesionales».

Por tanto, a su juicio esta formación está cubierta por el concepto «enseñanza escolar o universitaria» recogido en la normativa europea sobre IVA, que exime del pago de este impuesto a estas actividades.

El TJUE ha recordado que el concepto de «enseñanza escolar o universitaria» se limita a un «sistema integrado de transmisión de conocimientos y competencias relativas a un conjunto amplio y diversificado de materia» y a «la profundización y el desarrollo de esos conocimientos y de esas competencias por los alumnos y los estudiantes».

Destaca que dicho concepto «no cubre» las clases de conducción de automóvil impartidas por una autoescuela para la obtención de los permisos para vehículos de las categorías B y C2.

Explica que, aunque estas clases «tienen por objeto varios conocimientos de índole teórica y práctica», siguen siendo una enseñanza especializada «que no equivale, por sí sola, a la transmisión de conocimientos y de competencias relativas a un conjunto amplio y diversificado de materia» y a «la profundización y el desarrollo de esos conocimientos y de esas competencias por los alumnos y los estudiantes». EP.

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