El Tribunal Supremo ha dado un paso previo a resolver los recursos presentados por la Comunidad Valenciana y Aragón contra la regularización extraordinaria de migrantes impulsada por el Gobierno al plantear a las partes la posibilidad de elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
En dos providencias, la Sala de lo Contencioso-Administrativo concede un plazo de cinco días para que las partes se pronuncien sobre la procedencia de consultar al tribunal europeo acerca de la compatibilidad de la medida con la normativa comunitaria.
Los magistrados explican que «el régimen de regularización establecido en las mencionadas normas adicionales del real decreto suscita la duda de si podría entrar en colisión con las normas que implementan el PMAUE», el Pacto de Migración y Asilo de la Unión Europea.
En concreto, el Supremo somete a la consideración de las partes si, «pese a la vigencia de la Directiva de Retorno y su no trasposición por el Estado español, es admisible que quienes estén en situación irregular en España no se sometan a una orden de retorno, con las excepciones particulares que la misma norma comunitaria autoriza, sino que se les reconozca un derecho de residencia temporal con carácter general y por el mero hecho de la estancia irregular en España».
Las dos providencias han sido dictadas por la Sala Tercera del Tribunal Supremo antes de resolver sobre las medidas cautelares solicitadas por la Comunidad Valenciana y Aragón en los recursos interpuestos contra la regularización extraordinaria de migrantes.