La Justicia no se cree la denuncia de dos policías contra una pareja de extranjeros
Calle de Julián Camarillo, 5, en Madrid, sede de los Juzgados de lo Penal de la Capital de España. Madridiario.

La Justicia no se cree la denuncia de dos policías contra una pareja de extranjeros

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27/5/2019 06:15
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Actualizado: 23/8/2023 18:05
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La magistrada del Juzgado de lo Penal 3 de Madrid, Cristina Bustamante Gil, ha absuelto a una pareja de extranjeros del delito de atentado y de lesiones leves, por los que había sido denunciada por dos policías al no creerse su versión de los hechos.

«La existencia de dudas razonables y razonadas en esta resolución impide un pronunciamiento condenatorio», dice la magistrada, que recuerda, a su vez, el principio  del derecho «in rubio pro reo», en caso de duda a favor del reo.

LA VERSIÓN DE LOS ACUSADOS 

Los hechos sucedieron el 19 de marzo de 2018, en torno a la 1 de la madrugada, cuando el hombre y la mujer regresaban a su casa, tras una cena.

De acuerdo el testimonio de ambos, cuando estaban cruzando por un paso cebra de la Avenida Padre Piquer, apareció un coche de policía del que se bajaron dos agentes pidiéndoles la documentación, «de malas maneras», según el hombre.

Preguntó el motivo y el agente le contestó «soy policía y tengo derecho a pedir la documentación y me la tiene que dar».

Como estaba caducada, el policía le dijo «encima está caducada, te vas a ir a tu propio país». El hombre viendo el cariz que estaban tomando los acontecimientos, le pidió a su pareja que grabara lo que estaba sucediendo con el móvil.

A lo que el agente en cuestión contestó, «a mí no me vas a grabar, dame el móvil». Se lo arrebató.

A continuación, agarró al hombre por el cuello y lo tiró al suelo de cara, pasando después a esposarlo, tras lo cual lo introdujo en el coche patrulla.

Lo mismo hicieron con la mujer.

Ambos fueron trasladados después a la Comisaría.

Tras lo sucedido, la pareja interpuso una denuncia ante los Juzgados de Madrid, el 7 de junio de 2018, que asumió el Juzgado de Instrucción 18.

LA VERSIÓN DE LOS POLICÍAS

El agente de Policía, por su parte, declaró ante la magistrada que cuando le pidió la documentación al hombre este le dijo algo así como que era «un cerdo» y que después se volvió hacia su compañero policía, que estaba a 4 o 5 metros, y trató de tirarlo al suelo.

Entre los dos, según su versión, lo redujeron, mientras el hombre se resistía dando patadas. 

Luego, añadió, estando en Comisaría, se trató de dar con todo y tuvieron que llamar al SAMUR para que lo tranquilizaran.

La mujer, por su parte, cuando vio que habían metido en el coche patrulla, supuestamente le dio a este agente varios puñetazos y patadas, por lo que también fue reducida y esposada. 

La pareja, aclaró ante la magistrada, había llamado su atención mientras patrullaban porque iban discutiendo y dando voces.

Cuando los entrevistaron por separado les dijeron que no se metieran donde les llamaban y les insultaron llamándoles «hijos de puta, sois unos mierdas», relató.

Ninguno de los dos policías conocían la denuncia que la pareja habían interpuesto contra ellos.

LA MAGISTRADA NO SE CREYÓ EL TESTIMONIO POLICIAL 

En su sentencia, la magistrada, refiriéndose a la práctica testifical realizada por los policías denunciantes, dice, de forma categórica: «Su testimonio no es en absoluto imparcial y ella, junto con las demás circunstancias expuestas, permite tener una duda razonable acerca de si hubo una extralimitación en la actuación policial, lo cual justificaría una reacción meramente defensiva por parte de los acusados, sin que pueda llegarse a una conclusión que afirme que los hechos se produjeron como sostiene la acusación».

La titular del Juzgado de Instrucción aceptó los argumentos de David Díaz Villasante, abogado del despacho Lawyou  y de la abogada Carmen Martínez Pérez que defendieron, respectivamente, a cada uno de los acusados.

Ambos apuntaron que la versión de los agentes “incurre en inexactitudes”, además de que la descripción de la supuesta agresión que recibieron “no se corresponde con la complexión corporal que tienen los agentes en comparación con la que tienen los acusados”.

A favor de los dos acusados contó el hecho de que tanto en la instrucción como en la denuncia que presentaron contra los policías se mantuvieron “sin contradicciones ni incoherencias”.

Versión que se encuentra “totalmente amparada por los partes de lesiones expedidos tras la producción de los hechos y es plenamente compatible con la descripción de las agresiones sufridas por parte de los agentes que los acusados describieron”.

En este sentido, la sentencia aclara que tampoco resulta “convincente” ni “en absoluto creíble” que, como apuntaron los policías en el juicio, “no tengan conocimiento” de la denuncia que recibieron por parte de los acusados y que se sustancia en un procedimiento diferente.

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