El padre de Nadia, condenado por estafa, quedará en libertad hoy al cumplir la mitad de la pena

El padre de Nadia, condenado por estafa, quedará en libertad hoy al cumplir la mitad de la pena

El TSJCat ha ratificado recientemente la condena impuesta por la Audiencia de Lérida el pasado noviembre

4 / 06 / 2019 11:41

Actualizado el 04 / 06 / 2019 13:58

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La Audiencia Provincial de Lérida ha comunicado hoy a la cárcel de Ponent la libertad de Fernando Blanco Botana, condenado a cinco años de cárcel por utilizar la enfermedad de su hija, Nadia, afectada de tricotiodistrofia como engaño, al cumplirse dos años y medio en prisión preventiva, la mitad de la condena.

Su salida de la cárcel está prevista para las próximas horas.

En el auto, la Audiencia de Lérida retira el pasaporte a Blanco y le obliga a presentarse en un juzgado del territorio nacional los días 1 y 15 de cada mes.

El pasado viernes, el tribunal de la Sala civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) hizo pública la sentencia en la que ratificaba la pena de cinco años para el padre de Nadia y a pagar una multa de 3.000 euros, por un delito de estafa continuada y agravada, y de tres y seis meses para la madre, Margarida Garau Ramis, así como una multa de 2.400 euros, impuesta por la Audiencia Provincial de Lérida.

El tribunal de TSJCat ha estimado parte del recurso del abogado de Blanco, anula la parte civil y penal, y pide en la Audiencia de Lérida que vuelva a redactar la sentencia con una individualización de los perjudicados a quienes se tiene que indemnizar y concrete las cantidades.

Rechaza el resto de argumentos de la defensa del padre y todos los de la madre considerando probada la estafa.

La sentencia todavía no es firme.

Blanco está en prisión provisional desde diciembre de 2016. Fue detenido en la Seu d’Urgell (Lérida) huyendo de un control policial en la comarca de la Cerdanya, durante un operativo que los «Mossos d’Esquadra» había activado ante su riesgo de fuga. Llevaba una pistola de fogueo.

La madre quedó en libertad con cargos y perdió la custodia de la niña. Ambas residen en Baleares, y puede verla los sábados y los domingos. 

La pequeña vive con una tía materna en Binissalem desde diciembre de 2016.

El juicio de este caso se celebró entre el 1 y 5 de octubre de 2018. Los padres de Nadia negaron haber utilizado a la niña para enriquecerse.

Los padres de Nadia, durante el juicio. Foto: EP

La Fiscalía mantuvo su petición de seis años de cárcel para cada uno por un presunto delito de estafa o apropiación indebida.

El pasado 7 de noviembre se conoció el veredicto del tribunal de la Sección Primera de la Audiencia de Lérida, que consideró acreditado que ambos se enriquecieron en 402.232,65 euros y les condenó a hacer frente a una indemnización a cada una de las personas perjudicadas por su engaño como responsables civiles.

Aquella sentencia fue recurrida por el padre y la madre.

Ahora el abogado de la madre, Alberto Martín, ha avanzado que está valorando la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

El tribunal de la Audiencia de Lérida consideró probado que la niña sufre tricotiodistrofia, enfermedad genética de las catalogadas como raras que provoca alteraciones cutáneas, oftalmológicas y trastorno del desarrollo y del lenguaje en un contexto de inteligencia límite, aunque sin riesgo vital inminente.

Señala que, aprovechando la enfermedad de la menor, los padres «urdieron un plan para obtener un lucro patrimonial ilícito», constituyendo la ‘Asociación Nadia Nerea para la tricotiodistrofia y enfermedades raras de Baleares’, figurando en sus estatutos como presidente de la misma Fernando Blanco y como tesorera Margarita Garau.

La sentencia alude a las apariciones de los padres de Nadia en diversos programas de televisión entre 2010 y 2016, en los que manifestaban que necesitaban dinero para la investigación de la enfermedad que sufría su hija.

Incluso, «llegaron a afirmar falsamente que ello era necesario para superar el riesgo inminente de muerte en que se encontraba la menor, siendo facilitado a través de los medios el número de cuenta corriente en el que hacer donaciones a tal fin», recoge la sentencia.

Señala que siguieron la misma dinámica «comisiva con aprovechamiento de la enfermedad de su hija» cuando llegaron a la localidad leridana de Fígols i Alinyà en 2013.

Según indica la sentencia, el padre llegó a afirmar que padecía un cáncer de páncreas, que corría un «riesgo inminente de fallecer», y que precisaba una operación urgente en Houston (EE UU), lo cual «tampoco era cierto».

El tribunal relata que durante el periodo en que éstos pidieron ayudas y donativos con la excusa de sufragar tratamientos farmacológicos, médicos y quirúrgicos de la menor, y para investigar la enfermedad que la misma padecía, entre los años 2014, 2015 y 2016, se ha acreditado que percibieron un total de 412.450 euros en concepto de donaciones.

En esa cifra están incluidos 3.000 que transfirió Grupo Inversor Para El desarrollo SL, que se personó como acusación particular en la causa, y que ya había transferido 10.000 euros con anterioridad, lo que suma un total de ingresos debidamente acreditados de 422.450,44 euros, de los que unos 20.000 se destinaron a gestos de la niña y a donaciones a otras fundaciones.

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