Firmas

Guía rápida para manifestarse (constitucionalmente) contra una sentencia judicial: qué sí y qué no

Guía rápida para manifestarse (constitucionalmente) contra una sentencia judicial: qué sí y qué no
Imagen de la manifestación independentista en Madrid el pasado 16 de marzo. Foto: EP.
21/10/2019 06:30
|
Actualizado: 20/10/2019 20:32
|

Los últimos días copan nuestras radios, móviles y televisores las inacabables últimas horas de informativos que van dando paso sucesivo a unos valientes y protegidos reporteros que pretenden en territorio nacional cubrir la bisoña y agresiva protesta de algunos exaltados contra la resolución judicial del Tribunal Supremo al hilo del llamado “procés” independentista y del referéndum del 2017 en Cataluña (España).

Hablamos de concentraciones sorpresa, de manifiestos de extrema izquierda en pos de la desobediencia civil, del bloqueo programado de vías, de ataque a periodistas, de huelgas sin contenido laboral, pillaje “inter-manifa”, barricadas de convocados brigadistas internacionales expertos en imposición del kaos, del anarquismo por la fuerza y de otros independentistas incendiarios de distintos sectores.

Como el mobiliario público, la confianza de los mercados, la imagen de España, la estabilidad del turismo y el sentimiento patriótico, el derecho al trabajo y el hartazgo es de todos los españoles, vamos a enumerar reflexiones que nos lanza la Constitución y el sistema actual con lo que podremos llegar a una mejor decisión antes de salir a la calle piedra en mano o a la urna mente en blanco:

Derecho a la libertad de expresión 

Facultad individual o colectiva de mostrar nuestras emociones, sentimientos, opiniones y demás expresiones o ideologías (artículos 16 y 20 de la Constitución) siempre que no dañen los derechos de otros.

No hay derechos sin deberes, por lo que hemos de observar los derechos de los demás (a circular por cualquier vía, a hacer su trabajo, a portar una bandera o a viajar a una zona concreta).

Presidente de la Generalitat

Representante del Estado (artículo 152 de la Constitución) en la Comunidad Autónoma Catalana.

Los Presidentes de las Comunidades dirigen su Consejo de Gobierno y por tanto dirigen y representan a su policía autonómica si la tiene.

La policía autonómica preserva el orden público (son los buenos).

Los barricadistas que fragmentan el asfalto de nuestras calles para arrojarlo (los malos), no necesitan ni quieren representante ni lecciones por lo que si un presidente autonómico lo intenta, no es un buen presidente y además está cometiendo un error.

Estado de Derecho

Estilo, modelo de sistema o característica que tienen los Estados Democráticos que consideran a todos sus ciudadanos obligados al cumplimiento de las leyes y beneficiados de los derechos y libertades que estas despliegan (artículo 1.1 de la Constitución).

Como los jueces, gobernantes, policías, transeúntes, periodistas y comerciantes son también ciudadanía, también cumplen las leyes, pero también tienen derechos.

Elecciones

Útil mecanismo demócrata que cada 4 años nos da la oportunidad de manifestarnos optando por el programa de propuestas y objetivos que nos ofrece cada una de las numerosas ofertas electorales que permite el principio superior del pluralismo político en España.

Votar a la oposición es una buena forma de manifestarse contra el Gobierno.

Está bien porque permite que si eres independentista, existan partidos de esta tendencia a los que puedes votar (según el artículo 68.5 de la Constitución a quien no sea un delincuente) y sus resultados son vinculantes, los de referéndums y monopolis suelen tener pocos resultados.

Poder Judicial 

Grupo de profesionales que ejercen la competencia estatal de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado (artículo 117 de la Constitución).

Son seleccionados todos sus integrantes (Jueces, Fiscales, etc) por un riguroso y selectivo proceso en donde solo se escogen a los mejores.

Tanto estos como los abogados, procuradores y resto de funcionarios del Ministerio de Justicia están preparados y tienen la intención del estricto cumplimiento de la ley, no de hacerle la puñeta a nadie, por lo que contribuye a que nuestro sistema se encuentre en el top de la Calidad Democrática.

Recurso judicial

Es la mejor forma de manifestarse constitucionalmente contra una sentencia y útil decisión de oponerse a una resolución en virtud de la cual se muestra la intención de impugnar lo dispuesto ofreciendo razones, valoraciones y en su caso nuevas pruebas.

Los aceptan la mayoría de sentencias y las valoran otras instancias judiciales superiores que garantizan siempre la imparcialidad.

Aunque haya que pagar una pequeña tasa, es más barato y recomendable que lanzar un adoquín a un policía. Si no se gana, es obligatorio cumplir la sentencia (artículo 118 de la Constitución).

Igualdad

Principio y derecho constitucional consagrado en el artículo 14 de la Constitución donde se establece un “no” rotundo a las distintas discriminaciones.

Corresponde a los Poderes Públicos (responsables, elegidos por todos y sujetos a la ley) promover las condiciones para que la igualdad y la libertad sean efectivas (artículo 9.2 de la Constitución) no a ninguna horda antisistema o hueste de sujetos con caras tapadas y exceso de tiempo libre mal empleado.

Libertad

Posibilidad de circular por donde nos plazca, con seguridad, por todo el territorio español (artículo 19 de la Constitución) sin que nadie pueda privarnos de ella (artículo 17 de la Constitución).

Si quieres manifestar una posición política y convencer es más efectivo votar, dialogar amablemente, escribir o cantar que cortar una carretera o bloquear las vías del tren pues el resto de personas verán lacerada su libertad y no entenderán tu mensaje.

Juventud

Etapa primaria de la vida en que se estudia o se trabaja donde además se tiende a reivindicar principios humanistas aunque revolucionarios como la lucha por los derechos humanos o la preservación del medio ambiente.

Juventud hay solo una, es recomendable ocupar las mañanas estudiando o trabajando que delinquiendo, naneando o protestando contra el cumplimiento de la ley.

Otras Columnas por Manuel Palomares Herrera:
Últimas Firmas
  • Opinión | Circunstancias atenuantes: disminuir la pena por resarcir los daños
    Opinión | Circunstancias atenuantes: disminuir la pena por resarcir los daños
  • Opinión | Turno de oficio en 2024: ¿Por qué seguimos en huelga?
    Opinión | Turno de oficio en 2024: ¿Por qué seguimos en huelga?
  • Opinión | ¿Cumple el fichaje de Broncano con la Ley de Contratos del Sector Público?
    Opinión | ¿Cumple el fichaje de Broncano con la Ley de Contratos del Sector Público?
  • Opinión | Atentados suicidas: ¿Los autores materiales son pretendidos mártires o víctimas de chantajes?
    Opinión | Atentados suicidas: ¿Los autores materiales son pretendidos mártires o víctimas de chantajes?
  • Opinión | Huelga del turno de oficio: más legal, imposible
    Opinión | Huelga del turno de oficio: más legal, imposible