Constitución-Española
El artículo 49 utiliza la palabra «disminuidos», que, tras esta reforma, quedará suprimida del texto constitucional. Foto: EP.

PSOE y PP registran la proposición de reforma de la Constitución para suprimir el término «disminuido»

29 / 12 / 2023 18:41

Actualizado el 03 / 01 / 2024 11:46

Los grupos parlamentarios de Partido Popular y PSOE han presentado este viernes 29 de diciembre en el Congreso de los Diputados la proposición de reforma constitucional del artículo 49, para suprimir el término disminuido, al tiempo que han solicitado que se tramite por el procedimiento de urgencia.

La iniciativa refleja que la reforma del artículo 49 de la Constitución Española entrará en vigor el mismo día de la publicación de su texto oficial en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el líder del PP, Alberto Núnez Feijóo, alcanzaron el acuerdo para eliminar el término «disminuido» de la Carta Magna en la reunión que mantuvieron el pasado 22 de diciembre en el Congreso de los Diputados.

En dicha reunión, ambas partes pactaron presentar una proposición de ley en el Congreso antes de fin de año con la firma conjunta de PSOE y PP y celebrar un pleno monográfico al respecto en el mes de enero de 2024.

Actualmente, el artículo 49 de la Constitución está redactado así: «Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos».

Las organizaciones de personas con discapacidad han reclamado la reforma para adaptar la Constitución Española a la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de 2006.

Cuando se apruebe la iniciativa presentada por PP y PSOE, el artículo 49 quedará de la siguiente manera: «Las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas. Se regulará por ley la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio».

Además, el segundo punto del nuevo artículo 49 señala: «Los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la pena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles. Asimismo, fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad».

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