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Absuelta una pareja acusada de obligar a su sobrina a venir a España a prostituirse

La sentencia considera que no ha quedado acreditado que los acusados obligaran a la joven a prostituirse, actividad que ejerció con su tía en Santander

19 / 11 / 2019 21:00

Actualizado el 19 / 11 / 2019 21:45

La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto del delito de trata de seres humanos a una pareja acusada de obligar a la sobrina de ella a venir a España desde Brasil para ejercer la prostitución y para la que la Fiscalía pedía penas que sumaban 22 años de prisión.

La sentencia considera que no ha quedado acreditado que los acusados obligaran a la joven a prostituirse, actividad que ejerció con su tía en Santander.

Ni tampoco que le prohibiesen salir sola a la calle o tener contacto con otras personas, como consideraba el ministerio público tras la denuncia de la supuesta víctima.

Tampoco ve probado que la pareja se quedara con los beneficios que la chica conseguía con la prostitución o que ella tuviera que ser atendida debido al excesivo número de servicios sexuales prestados.

Y también otras acusaciones por las que el fiscal les imputaba delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual, inmigración ilegal, prostitución coactiva, maltrato y falsedad en documento privado.

Por todo ello, solicitaba una pena para cada uno de los acusados de 11 años de prisión y multa de 9.900 euros, así como una indemnización de 30.000 euros para la joven por perjuicios psicológicos y morales.

Absolución de todos los delitos

Tras celebrarse el juicio, los pasados días 26 y 27 de septiembre, la Sección Tercera de la Audiencia les absuelve de todos los delitos en una sentencia dictada el pasado 5 de noviembre, a la que ha tenido acceso Europa Press, y apunta la «posible existencia de motivos espurios» en el proceder de la joven, relacionados con la regularización de su situación en España.

No obstante, considera al hombre culpable de usurpación de estado civil, por usar un DNI de otra persona para contratar líneas de teléfonos móviles para publicitar los servicios de prostitución, y le impone seis meses de prisión.

Según la Audiencia, en el juicio quedó demostrado que la supuesta víctima tomó «libremente» la decisión de viajar a España para ejercer la prostitución, ni que la sometieran a condiciones «abusivas y humillantes».

Por el contrario, señala que la joven, una vez llegó a Santander en 2017, gozaba de libertad de movimientos y de «plena autonomía para gestionar sus intereses y su propia economía», aspectos incompatibles con la explotación sexual y trata por parte de la pareja.

Además, señala que la propia joven reconoció en el juicio que sus tíos «nunca la obligaron a efectuar ningún tipo de práctica sexual contra su voluntad».

Por todo ello concluye que tanto la llegada de la chica a España como su dedicación a la prostitución en el país «obedecieron a decisiones libremente tomadas» por ella , sin que los acusados «ejercieran ningún tipo de presión física o psíquica».

Además, apunta que la denunciante ha conseguido «importantes ganancias» al iniciar este procedimiento de cara a «regula» su situación en España, ya que como ella misma reconoció en el juicio, goza de «permiso de residencia» y puede desempeñar una actividad laboral como vendedora de cosméticos.

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