La Fiscalía rebaja a dos años y medio la petición de cárcel para Xabi Alonso

¿Por qué Xabi Alonso se libró de la condena y otros jugadores la aceptaron?

El pasado martes se hacía pública la sentencia dictada por la sección 30 de la Audiencia de Madrid en la que se declaraba absuelto al exfutbolista

29 / 11 / 2019 06:37

Actualizado el 09 / 09 / 2022 12:38

El mediocentro guipuzcoano, leyenda de clubes como Real Sociedad, Liverpool y Real Madrid, además de estandarte de la selección española, fue imputado por la presunta comisión de tres delitos fiscales al ocultar parte de sus ingresos en una sociedad en Madeira durante los ejercicios de 2010, 2011 y 2012.

Como ya se ha mencionado en numerosas ocasiones en este diario, los futbolistas han sido objeto de numerosas investigaciones por parte de la Agencia Tributaria.

Nombres como Lionel Messi, Sergio Ramos, Cristiano Ronaldo o Diego Costa, entre otros, han sido sancionados por la justicia española por la comisión de delitos de fraude fiscal.

La distinción del caso de Xabi Alonso respecto de muchos de los otros deportistas anteriormente mencionados radica en que este ha sido el único en rechazar un acuerdo con la Fiscalía. Acuerdo que, generalmente, supedita el pago de una cantidad a la retirada de las acusaciones.

El exjugador quiso continuar con las actuaciones sosteniendo su inocencia en todo momento.

Pretensiones que finalmente han sido favorables ya que en un primer momento se solicitaba cinco años de cárcel además de una multa que ascendía a la cantidad de cuatro millones de euros.

Pena que posteriormente fue rebajada por la propia Fiscalía hasta los dos años y medio pero que mantenía la cuantía de la multa.

Las acusaciones de la Fiscalía imputaban a Alonso la creación de una sociedad denominada “Kardzali”, con sede en Madeira (Portugal).

Eximidos de responsabilidad penal

La constitución de la misma también se atribuye a sus asesores fiscales, Iván Zaldúa e Ignasi Maestre, este último ostentaba el cargo de administrador de la misma. Ambos han sido eximidos de responsabilidad penal.

El móvil acusatorio erradicaba en la constitución de dicha sociedad con el objeto de realizar una supuesta cesión de derechos de imagen a la misma durante su residencia en Liverpool y cuya estructura se prolongó hasta el 2012, cuando el jugador ya era residente fiscal en España.

Cesión de derechos que se llegó a suscribir cuatro días antes de fichar por el Real Madrid.

La duración de la cesión se prolongaba por un periodo de cinco años.

Por dicha explotación, Alonso recibía la cantidad de cinco millones de euros.

Estas pretensiones fueron impugnadas por el Ministerio Público por considerar que dicha operación era simulada y con la que se pretendía realizar una elusión de impuestos por los rendimientos obtenidos de la explotación de los derechos del entonces futbolista.

El tribunal dictaminó que la sociedad realmente intervino en la explotación de los derechos del futbolista.

Además, la sociedad Kardzali se encargaba de otras actividades independientes a la explotación de los derechos del encausado, lo que dirimió que la misma no pudiera ser considerada como fantasma.

Los propios jueces han considerado el caso de especialmente singular, no debiendo suscitar responsabilidad penal ya que la forma utilizada por guipuzcoano y sus asesores para acogerse a una opción fiscal más ventajosa por el régimen contenido en Madeira, legalmente le permitía tributar por una cantidad menor que en España.

El caso Alonso ha terminado satisfactoriamente para el actual técnico del filial de la Real Sociedad a pesar de su reapertura por la Fiscalía General del Estado, a instancia de Consuelo Madrigal, entonces fiscal general, y de que aún la sentencia es susceptible de recurso por las acusaciones.

A pesar de ello, Alonso siempre se ha manifestado ser “transparente y claro, siempre he entregado todos los documentos y nunca he ocultado nada en el impuesto de mi patrimonio ni en la declaración de la renta pues entendía que estaba bien hecho”.

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