El diputado de ERC Joan Josep Nuet. Foto: EP

El TSJCat envía el caso de Nuet (ERC) al Supremo por ser aforado

13 / 12 / 2019 00:00

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) pide que el Tribunal Supremo (TS) juzgue al diputado de ERC en el Congreso Joan Josep Nuet i Pujals por supuesta desobediencia en su etapa como miembro de la Mesa del Parlamento catalán, por ser aforado.

Los miembros separatistas de la Mesa del Parlamento catalán durante la etapa de Carme Forcadell -Nuet, Lluis Maria Corominas (PdeCAT), Lluís Guinó (PDeCAT), Anna Simó (ERC), Ramon Barrufet (PDeCAT) y Joan Josep Nuet (ERC), y a la exdiputada de la CUP Mireia Boya iban a ser juzgados los pasados 28 y 29 de noviembre, y 3 y 4 de diciembre por el TSJCat por permitir la tramitación de mociones y las leyes del ‘procés’, que culminaron con la declaración de independencia del 27 de octubre de 2017.

Al constatar que Nuet fue elegido en las elecciones como diputado de ERC en el Congreso, el tribunal de la Sala Civil y Penal del TSJCat anuló el juicio y consultó a las partes.

La Fiscalía y la Abogacía del Estado defendieron la competencia del Supremo, mientras que la acusación popular, ejercida por VOX, señaló que el TSJCat era el tribunal competente, posicionamiento que también adoptaron todas las defensas, incluida la de Nuet.

En un auto, fechado a 12 de diciembre, el tribunal de la Sala Civil y Penal del TSJCat, compuesto por los magistrados Jesús María Barrientos Pacho (presidente del tribunal y del TSJCat), Jordi Seguí Puntas y Carlos Ramos Rubio (ponente), indica que «es evidente» que esta Sala de Justicia autonómica no tiene competencia para enjuiciar a Nuet, aunque al ocurrir los hechos careciera de la condición de diputado del Congreso y él mismo quiera renunciar a su aforamiento recientemente adquirido.

Acuerda que elevar al Tribunal Supremo una exposición razonada para comunicarle su parecer de que le corresponde a la Sala Segunda la competencia para enjuiciar la conducta presuntamente constitutiva de un delito de desobediencia grave del artículo 410 del Código Penal atribuida a Nuet.

El TSJCat considera que se puede juzgar a Nuet por separado porque «las propias acusaciones se han encargado de diferenciar en sus respectivos escritos de conclusiones» la conducta del ahora diputado en el Congreso de la del resto de acusados, ya que no siempre votó en el mismo sentido que ellos.

Por otra parte, indica que procede que esta sala autonómica mantenga la competencia para enjuiciar por separado al resto de exmiembros de la Mesa del 1-O acusados, Anna Simó i Castelló (ERC), Simona Barrufet i Santacana, Lluís Maria Corominas i Díaz, Lluís Guinó i Subirós (JxSí), y la exdiputada de la CUP Mireia Boya e Busquet.

«Sin perjuicio de lo que resuelva el Alto Tribunal en uno y en otro caso», añade.

Dispone que por el letrado de la Administración de Justicia de esta Sala se realice un nuevo señalamiento de juicio oral, que tenga en consideración el tiempo razonablemente suficiente para permitir a la Sala Segunda del Supremo tomar conocimiento del contenido de su exposición razonada.

Contra esta resolución cabe recurso de súplica ante el tribunal de la Sala Civil y Penal del TSJCat, que carecerá de efectos suspensivos, sin perjuicio de lo que, en su caso, resuelva el Tribunal Supremo.

Esta causa se inició a raíz de varias querellas de la Fiscalía.

El Tribunal Supremo decidió separarla del proceso contra los 12 líderes separatistas, y remitirla al TSJCat para su enjuiciamiento.

LAS PENAS SOLICITADAS

La Fiscalía ha pedido para los acusados un año y ocho meses de inhabilitación para el ejercicio de cargo público por un delito continuado de desobediencia, por presuntamente hacer caso omiso de las prohibiciones del Constitucional.

También reclama que se les imponga una multa de 30.000 euros.

La acusación particular ejercida por la Abogacía del Estado pide multas de 30.000 euros e inhabilitación especial de un año y ocho meses para Corominas, Guinó, Simó y Barrufet; una multa de 24.000 euros, y un año y cuatro meses de inhabilitación para Nuet y Boya, por presunta desobediencia grave.

La acusación popular, ejercida por VOX, reclama 12 años de cárcel, 108.000 euros de multa e inhabilitación para los seis acusados, por un presunto delito de organización criminal y otro continuado de desobediencia.

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