5 serios peligros a tener en cuenta por financiarse con una tarjeta «revolving»

5 serios peligros a tener en cuenta por financiarse con una tarjeta «revolving»

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14/12/2019 00:00
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Actualizado: 14/12/2019 00:00
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Comida, cenas, regalos, viajes…la Navidad ya está aquí y, con ella, los gastos que se multiplican en prácticamente cualquier hogar de nuestro país.

Un estudio realizado por American Express  en su barómetro de Gastos de las Compras Navideñas para 2019, donde se espera que los españoles aumenten ligeramente sus presupuestos para celebrar la Navidad por cuarto año consecutivo. 

Así, para este año, de media, la previsión indica que los consumidores españoles gastarán un 2,2% más que el año anterior, pasando de 924 a 944 euros de gasto medio que muchos afrontarán recurriendo a fórmulas de financiación como los microcréditos y tarjetas «revolving». 

Concretamente y según un estudio del comparador Kelisto, más de 4 millones de consumidores recurrirán este año a algún producto para financiar sus compras navideñas, lo que supondrá que pagarán más de 233 millones de euros solo en intereses. 

Y es que recurrir a una “solución” como los microcréditos o tarjetas «revolving» puede salirnos muy cara y entrampar al consumidor en una deuda importante que tendrá que abonar a lo largo de los próximos meses. 

Desde el despacho especializado Reclama Por Mí se analizan los principales inconvenientes que esconden estos productos considerados usura en centenas de casos que ya han ganado en los tribunales.

1.- INTERESES MUY POR ENCIMA DE LOS DEL MERCADO 

Dos, tres y hasta cuatro veces superiores al interés medio concedido por el Banco de España. El interés nominal anual en la mayoría de los afectados es superior al 20% sin contar las comisiones que surjan durante el contrato.

Entre ellas, se encuentran: comisión apertura, gastos de formalización notarial, gastos devengados por avales concedimos por entidades diferentes a las que concede el préstamo, primas de seguro concertadas a favor de la entidad con un tercero, comisión de estudio…

Todo esto debe sumarse al nominal y quedando un TAE por encima del 24% en la mayoría de las tarjetas «revolving» y microcréditos.

En alguno de los casos recibidos y gestionados por Reclama Por Mí en relación con reclamaciones de microcréditos como Vivus se han encontrado intereses del 2.333 % TAE.

2.- FALTA DE TRANSPARENCIA 

Muchos de los titulares de este tipo de tarjetas y microcréditos desconocen lo que les queda por pagar o llevan años pagando y, pese a que han devuelto el crédito principal con creces, la deuda sigue existiendo de forma perpetua. 

Cuando además preguntan lo que les queda por pagar no hay respuesta o si la hay, ésta es confusa y no coincide con el tiempo que llevan pagando y la deuda que contrajeron.

3.- UNA DEUDA QUE NUNCA ACABA 

Ese es el denominador común del que se quejan la mayoría de los afectados por tarjetas «revolving». Los abusivos intereses hacen que, por muchas mensualidades que se abonen del préstamo inicial, este siga y siga.

4.- ACOSO

Los afectados sufren una absoluta persecución por parte de la entidad que les ha concedido el préstamo si dejan de poder pagar. 

Algunos aseguraban que recibían constantes  llamadas al día incluso a su trabajo o familiares indicando que debían dinero a la entidad, creando artificialmente documentos como demandas o inclusiones en el Asnef falsas y amenazando literalmente con “quitarles la casa”

Muchos de ellos se niegan a pagar por no tener el dinero o pensar que con creces habían saldado su deuda.

5.- USURA

El Tribunal Supremo considera que si se cumplen los requisitos para considerar que un crédito infringe la Ley de Represión de la Usura se deberán considerar abusivos y por tanto nulos.

La norma, dictada en 1908, no pone límites precisos pero sí fija los requisitos para considerar que un préstamo es leonino: lo será aquel que fije un interés «notablemente superior al normal del dinero» y que sea «manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso».

A día de hoy casi todas las Audiencias de España, entre ellas Madrid, Barcelona, Toledo, Tarragona, Bizkaia, Palma de Mallorca, León, Valladolid y Oviedo, se han pronunciado con una respuesta casi unánime: los préstamos con un TAE superior al 20% son usurarios y por lo tanto son nulos.

HAY QUE RECLAMAR

Muchas veces, el usuario por impotencia frente a la entidad que le ha concedido el microcrédito o le ha comercializado la tarjeta «revolving» o por simple desconocimiento, cree que no puede hacer nada para acabar con tan complicada situación. 

No es así. Cada vez son más las personas que deciden reclamar las tarjetas «revolving» y, afortunadamente, cada vez son más las que consiguen acabar con la pesadilla.

Desde Reclama Por Mí ya se  cuenta con numerosas sentencias favorables por tarjetas «revolving» que les dan la razón, declaran ilegales las condiciones de dicha tarjeta y obligan a las entidades, en muchos casos, a devolver miles de euros a los afectados.

REFORMA NORMATIVA BANCARIA 

En los dos últimos años han empezado a llegar con más fuerza este tipo de quejas al Banco de España. El organismo lleva años pidiendo en sus informes que las entidades se esfuercen en aportar mayor información al usuario.

Es lo único que puede hacer. Nada más. El encargado de regular es el Gobierno.

A medio plazo la situación podría cambiar porque el Gobierno ha propuesto una nueva normativa para reforzar la transparencia e información que deben proporcionar las entidades a los usuarios así como reducir las posibilidades de sobreendeudamiento y una posible prolongación excesiva del crédito.

La intención, según el Ministerio de Economía y Empresa, es que se tenga «un conocimiento específico y claro del contenido y efectos del servicio a contratar, así como saber con precisión la deuda que mantiene periódicamente con la entidad».

Así, el Ministerio de Economía y Empresa publicaba  en audiencia pública la propuesta de modificación de la Orden 2899/2011 de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.

Se basa en aumentar la transparencia e información que deben proporcionar las entidades a estos usuarios y reduciendo las posibilidades de sobreendeudamiento.

Entre las nuevas obligaciones de transparencia, se incluye una información precontractual más detallada que tendrá que reflejar, entre otros asuntos, un ejemplo representativo de crédito «revolving» con dos opciones de cuota. 

Además, la entidad deberá remitir al cliente información trimestral en la que se especifique la evolución y situación de aspectos concretos del crédito, como el importe del préstamo, fecha estimada de finalización del pago del crédito si no se produjeran modificaciones en el contrato y diversos escenarios en función de la variación de la cuota mensual.

También se pretende que el prestatario tendrá la posibilidad de solicitar en cualquier momento información sobre su préstamo, así como el cuadro de amortización o las cantidades satisfechas y pendientes.

También se establece la obligación de la entidad de informar previamente al prestatario de cada ampliación del límite de crédito no solicitado por el cliente, incluyendo la nueva cuota y la deuda acumulada.

Estas propuestas estuvieron en proceso de alegaciones hasta el pasado  18 de noviembre. Desde el ministerio señalan que el texto definitivo y en vigor podría estar listo en los primeros meses de 2020. 

Desde el Banco de España se lanzó un simulador específico para este tipo de tarjetas y también insisten desde el Portal del Cliente Bancario en explicar al consumidor en qué consiste el producto y cuáles son las obligaciones de la entidad que lo ofrece.

Para  las asociaciones de consumidores como ADICAE es muy importante planificar bien las compras y adquirir aquello que realmente se necesite y no caer en la compra compulsiva.

De esta esta entidad se insiste en que lo que debería hacer el gobierno es directamente prohibir la comercialización de las tarjetas «revolving».

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