Los presidentes de ANC y Omnium Cultural, Sánchez y Cuixart, y sus organizaciones, en el punto de mira de la denuncia por sedición de la Fiscalía

El TC vuelve a perder su unanimidad al rechazar recursos de Sànchez contra su prisión y la prohibición de ir al Parlament

15 / 01 / 2020 00:00

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha vuelto a perder su unanimidad al rechazar, con votos discrepantes, dos recursos presentados por el exdiputado y expresidente de Asamblea Nacional Catalana (ANC) Jordi Sànchez, condenado por sedición en la causa del ‘procés‘ independentista de Cataluña.

En todo caso confirma la constitucionalidad de diferentes decisiones del Tribunal Supremo, relativas a su mantenimiento en prisión y a la denegación de los permisos que solicitó para asistir al Parlamento de Cataluña en abril de 2018.

La tónica de esta falta de unanimidad respecto a asuntos del ‘procés‘ es reciente.

Se inauguró el pasado 28 de noviembre cuando el acuerdo de los doce magistrados en torno a estos asuntos se rompió respecto a un recurso del exlíder de ERC también condenado y en prisión Oriol Junqueras.

Este iba contra el mantenimiento de su prisión provisional durante la instrucción y el juicio por esta causa.

Lo único diferente es que en dicha ocasión presentaron voto particular tres magistrados pertenecientes al sector más progresista del tribunal de garantías, los magistrados María Luisa Balaguer, Juan Antonio Xiol Ríos, y Fernando Valdés.

Y respecto a Sánchez únicamente han anunciado voto discrepante estos dos últimos, según ha informado el tribunal de garantías, que hoy sólo ha dado a conocer la parte dispositiva de sus sentencias.

Las resoluciones completas serán notificiadas en los próximos días.

En la primera sentencia de la que se informa este miércoles se ha desestimado el recurso de amparo presentado por la defensa de Sànchez contra dos resoluciones concretas, una del instructor de la causa, Pablo Llarena del 9 de marzo de 2018 y otra contra un auto de la Sala de Recursos del alto tribunal, de 17 de abril de ese mismo año.

Denegaron los permisos solicitados para asistir personalmente al Parlamento de Cataluña para defender y debatir su investidura como presidente de la Generalitat.

RIESGO DE REITERACIÓN DELICTIVA

La sentencia, cuyo ponente ha sido el magistrado Cándido Conde-Pumpido Tourón, considera que «los órganos judiciales han ponderado de manera constitucionalmente adecuada la concurrencia de datos objetivos y constatables que permite fundamentar la existencia de un riesgo relevante de reiteración delictiva».

En la segunda de las resoluciones, cuya ponencia ha correspondido al magistrado Alfredo Montoya, se confirma la constitucionalidad del mantenimiento de la prisión provisional comunicada y sin fianza de Sánchez.

Los recursos se dirigían también autos tanto de Llarena como de la Sala, de fechas de 6 de febrero de 2018 y de 20 de marzo de ese mismo año por los que se confirmó su situación de prisión provisional.

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