Facua presenta una denuncia ante Consumo contra las grandes eléctricas por ‘fraude’ en las ofertas
Rubén Sánchez, presidente de Facua, pide a Alberto Garzón que aperciba a las eléctricas para que "cesen en estas prácticas de publicidad engañosa y, de negarse a rectificar, emprenda acciones judiciales contra las que continúan infrigiendo la ley".

Facua presenta una denuncia ante Consumo contra las grandes eléctricas por ‘fraude’ en las ofertas

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16/1/2020 00:00
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Actualizado: 21/1/2020 11:34
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Facua-Consumidores en Acción ha presentado hoy una denuncia ante el nuevo Ministerio de Consumo por un «fraude generalizado en el sector eléctrico por el que las comercializadoras omiten los impuestos indirectos en su publicidad e información comercial, induciendo a creer a los usuarios que sus tarifas son mucho más bajas».

Esta asociación, que preside Rubén Sánchez, dirige su denuncia contra diez comercializadoras eléctricas: Iberdrola, Endesa y Naturgy, Cepsa, CHC Energía, Feníe, Holaluz, Lucera, Repsol y Som Energía.

Según ha informado Facua en un comunicado, en la denuncia pide al ministro de Consumo, Alberto Garzón, que aperciba a las eléctricas para que «cesen en estas prácticas de publicidad engañosa y, de negarse a rectificar, emprenda acciones judiciales contra las que continúan infrigiendo la ley».

Señala que el Ministerio tiene competencias para llevar a los tribunales a las empresas que vulneren determinados preceptos del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

ANÁLISIS DE LAS OFERTAS

Facua explica que tras realizar un análisis sobre ofertas comerciales de estas compañías, ha detectado «no sólo que todas son considerablemente más elevadas que la tarifa semirregulada (PVPC), sino que su publicidad e información comercial no facilita en ningún caso el precio del kilovatio (kW) de potencia contratada y el kilovatio hora (kWh) de energía consumida incluyendo el 27,19% que representan el IVA y el impuesto especial sobre la electricidad».

Destaca que el artículo 20 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece que todas las ofertas comerciales deben informar «el precio final completo, incluidos los impuestos”.

También recuerda que el artículo 60, relativo a la información previa al contrato, y el 97, sobre los datos facilitados a los consumidores antes de firmar contratos a distancia o fuera de establecimientos mercantiles, indican que las empresas están obligadas a indicar los precios con los impuestos y tasas incluidos.

Esta asociación considera que al facilitar tarifas que no incluyen los impuestos indirectos, «además de infringir los citados preceptos legales, las comercializadoras eléctricas inducen a error a los consumidores sobre el importe real que pagarían de contratarlas, incurriendo con ello también en publicidad engañosa».

Afirma que estas prácticas «vulneran también el artículo 3 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad y los artículos 7 y 18 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal».

Según Facua, «además de omitir los precios finales, hay compañías que ni siquiera aclaran en sus páginas webs que a las tarifas ofertadas hay que sumarles los impuestos indirectos y otras incluyen esta advertencia en un lugar poco visible».

«Incluso en las menciones a los impuestos, también hoy omisiones sobre cuáles son los porcentajes que representan de incremento sobre las tarifas», añade.

FACUA anuncia que también está presentando denuncias contra las eléctricas por las citadas prácticas ante las autoridades de protección al consumidor de varias comunidades autónomas, entre ellas aquéllas donde las comercializadoras tienen su sede social.

Recuerda que las administraciones autonómicas de consumo tienen competencias para abra expedientes sancionadores por las irregularidades expuestas por FACUA.

En este sentido, la asociación reclama un cambio en la ley para que el Ministerio de Consumo pueda compartir estas competencias con las comunidades, «de manera que cuando se produzcan fraudes a nivel nacional sea el organismo del Gobierno de España el que incoe el expediente y no sea necesaria la apertura de diecisiete procedimientos a nivel autonómico para sancionar las irregularidades de manera proporcional a las dimensiones de las irregularidades y los beneficios ilícitos obtenidos».

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