La JEC sanciona también a Celaá con 2.200€ por lanzar mensajes electoralistas mientras era Portavoz del Gobierno

La JEC sanciona también a Celaá con 2.200€ por lanzar mensajes electoralistas mientras era Portavoz del Gobierno

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23/1/2020 18:26
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Actualizado: 23/1/2020 18:26
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Tras conocerse la sanción a Pedro Sánchez por el uso partidista de su posición en el Ejecutivo durante la campaña electoral, la Junta Electoral Central ha decidido sancionar también a un segundo miembro de su gobierno.

Se trata de la Ministra de Educación Isabel Celaá, a la cual se le ha impuesto una multa de 2.200 euros al entender que lanzó mensajes de carácter electoralista durante sus comparecencias como Portavoz del Consejo de Ministros en vísperas de los comicios del 10 de noviembre.

Todo ello, según la JEC, supone una vulneración del principio de neutralidad de los poderes públicos en periodo electoral sancionado por el artículo 50.2 de la Ley Electoral, al igual que en el caso del presidente Pedro Sánchez.

En concreto, la portavoz se jactó de que nunca antes había habido «tantas personas en el mercado laboral» y abundó: «Vamos a seguir trabajando para conseguir que este país tenga el gobierno fuerte que se merece, un gobierno que sabe trabajar en equipo y que aspira a conseguir la estabilidad que el país necesita».

El expediente sancionador se abrió a instancias del PP al entender que Celaá había hecho haber hecho electoralismo desde la sala del prensa del Consejo de Ministros al presentar los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA).

En su día, la JEC ya censuró que la entonces Portavoz hiciera «manifestaciones valorativas de logros alcanzados en materia de empleo, con clara connotación electoralista» al presentar los datos de la EPA en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Para la JEC, realizar estas declaraciones en «acto institucional, como es la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros» supone quebrantar ese artículo 50.2 que prohíbe usar medios públicos para hacer ‘autobombo’.

Además, dejó claro que esas palabras no podían considerarse «espontáneas» porque las dijo incluso antes de dar paso a las preguntas de la rueda de prensa: «Más bien se trata de unas manifestaciones previamente elaboradas», señaló la resolución.

En el acuerdo adoptado este jueves y al que ha tenido Europa Press, la JEC sentencia que Celaá aprovechó «los medios públicos de que disponía, en su condición de ministra Portavoz en funciones· y quebrantó el «principio de neutralidad que todo poder público debe respetar durante el proceso electoral».

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