El TC pide a la Fiscalía que investigue si Torrent ha cometido un delito de desobediencia

El TC pide a la Fiscalía que investigue si Torrent ha cometido un delito de desobediencia

Por tramitar propuestas sobre autodeterminación y contra la Monarquía que ya fueron declaradas inconstitucionales
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28/1/2020 16:47
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Actualizado: 28/1/2020 17:13
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El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha acordado hoy por unanimidad pedir a la Fiscalía que investigue si el presidente del Parlamento de Cataluña, Roger Torrent, al vicepresidente primero de la Mesa de la Cámara, y el secretario primero de la misma, Josep Costa i Rosselló y Eusebi Campdepadrós i Pucurull, respectivamente, han podido incurrir en un posible delito de desobediencia.

Por tramitar propuestas que reiteraban la autodeterminación y la reprobación de la Monarquía que ya fueron declaradas inconstitucionales por el TC.

Por estas actuaciones, la exfiscal general del Estado, María José Segarra, ya ordenó la apertura de una investigación el pasado noviembre en el contexto de los incidentes de ejecución de las sentencias del Constitucional sobre las mismas.

La actuación de la Fiscalía se produjo después de que el máximo tribunal de garantías de España realizara hasta cuatro advertencias al presidente del Parlamento catalán, Roger Torrent, para el cumplimiento de la ley.

NOTA INFORMATIVA NÚMERO 13-2020

NOTA INFORMATIVA NÚMERO 15-2020

El Pleno ha acordado notificar personalmente estos autos al presidente del Parlamento de Cataluña, a los demás miembros de la Mesa y al secretario general de la Cámara catalana, «con la advertencia de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa, jurídica o material, que directa o indirectamente suponga ignorar o eludir» el auto por el que las iniciativas parlamentarias se declararon contrarias a la Constitución «apercibiéndoles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir en caso de incumplimiento».

En un tercer auto, el Constitucional declara extinto un tercer incidente de ejecución promovido por el Gobierno contra los acuerdos de la Mesa del Parlamento catalán que volvían a insistir en la independencia.

NOTA INFORMATIVA NÚMERO 14-2020

En este caso, el Pleno razona que dichos acuerdos ya han sido anulados por el auto aprobado hoy referido al incumplimiento de una sentencia dictada por este órgano en 2015.

En cuanto a la reprobación de la Monarquía, el incidente de ejecución de sentencia cuyo fallo ha sido adelantado hoy por el TC anula los acuerdos de la Mesa del Parlamento catalán del 22 y 29 de octubre por los que se admitió a trámite, para su debate y aprobación en el Pleno, una propuesta de resolución que reiteraba la citada reprobación referente al Rey.

La referida a la autodeterminación que se propuso como respuesta a la sentencia del Tribunal Supremo sobre los hechos del 1 de octubre, incluía este inciso: «Por ello, [el Parlamento de Cataluña], reitera y reiterará tantas veces como lo deseen los diputados y las diputadas (…) la defensa del derecho a la autodeterminación y la reivindicación de la soberanía del Pueblo de Cataluña para decidir su
futuro político».

En ambos casos, el TC considera que el presidente del Parlamento de Cataluña, el vicepresidente primero y el secretario primero de la Mesa del Parlamento de Cataluña han incumplido el artículo 87.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional que establece que todos los poderes públicos están obligados al cumplimiento de lo que el tribunal resuelva.

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