El Colegio de Registradores da la capacidad al Tribunal de Cuentas de acceder a la titularidad real de las entidades mercantiles

El Colegio de Registradores da la capacidad al Tribunal de Cuentas de acceder a la titularidad real de las entidades mercantiles

15 / 02 / 2020 06:20

Actualizado el 01 / 02 / 2021 14:29

El Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles ha potenciado la capacidad investigadora del Tribunal de Cuentas gracias a la firma de un convenio de colaboración entre ambas instituciones que permitirá al Tribunal acceder a la información contenida en la denominada Declaración de identificación del titular real, un documento mediante el cual las sociedades mercantiles deben identificar ante el Registro Mercantil la titularidad real de las mismas.

Como órgano supremo fiscalizador de la actividad económico-financiera del sector público, así como de los partidos políticos y de las fundaciones y de las demás entidades vinculadas o dependientes de ellos, esto supone una ventaja competitiva sin precedentes que permitirá agilizar las instrucciones de los diferentes procedimientos. 

El Tribunal de Cuentas tiene, asimismo, entre sus competencias, el enjuiciamiento de las responsabilidades contables en el que puedan incurrir quienes sean gestores de fondos públicos o perceptores de subvenciones.

El acuerdo lo han suscrito, por parte del Colegio de Registradores, su decana, María Emilia Adán, y la presidenta del del Tribunal de Cuentas, María José de la Fuente. 

El Colegio de Registradores, en este sentido, ha desarrollado un servicio web que permite la comunicación de las aplicaciones de gestión del Tribunal de Cuentas con los registros mercantiles para, a través de él, acceder, de forma centralizada a la consulta de titularidades reales.

También se ha desarrollado como alternativa un portal web para, de forma más sencilla e individualizada, formular las indicadas consultas.

Este acceso resulta de especial interés para el Tribunal de Cuentas ya que, en el caso de su actividad fiscalizadora, favorece, entre otros aspectos, el  control de la rendición de cuentas y de la actividad económico-financiera de las sociedades mercantiles públicas; así como el acceso a información relevante sobre terceros que contraten con el sector público, de perceptores de subvenciones públicas y de sociedades mercantiles que se hayan relacionado con entidades que conforman dicho sector.

Por otra parte, este acceso a la titularidad real de las sociedades mercantiles tendrá, en el marco de la función jurisdiccional, una especial utilidad, tanto para la ejecución de las sentencias dictadas por el Tribunal de Cuentas, como para la adopción de medidas cautelares derivadas de posibles liquidaciones positivas en la instrucción de los expedientes de responsabilidad contable.

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