Puig, Comín y Puigdemont tendrán una vista conjunta el 16 de diciembre

El TC admite el recurso de Puigdemont y Comín contra la decisión que mantuvo su no reconocimiento como eurodiputados

El TC considera que en el recurso concurre una "especial trascendencia constitucional" que podría tener "consecuencias políticas generales"

19 / 02 / 2020 14:23

El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de amparo presentado por el expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont y el exconsejero Antoni Comín contra los autos de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo que mantuvieron el acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) de no considerarlos eurodiputados electos, al no haber acudido personalmente a realizar el trámite de jura o promesa de la Constitución.

En una providencia conocida este miércoles, con fecha de once de febrero, el Tribunal aprecia que, en el recurso sobre vulneración de derechos fundamentales interpuesto por las defensas de Puigdemont y Comín, concurre una “especial trascendencia constitucional» porque el asunto «trasciende del caso concreto», ya que, a juicio de los magistrados, «pudiera tener unas consecuencias políticas generales”.

Así, el TC Solicita a la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso que remita certificación o fotocopia adverada de las actuaciones correspondientes a la pieza de medidas cautelares.

Sin embargo, respecto a la solicitud de suspender las resoluciones recurridas, el Pleno no aprecia la urgencia excepcional a la que se refiere el artículo 56.6 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

En este sentido, con el fin de resolver sobre esta petición acuerda formar la oportuna pieza separada y conceder un plazo de tres días al Ministerio Fiscal y los solicitantes de amparo para que efectúen las alegaciones que estimen necesarias.

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