El TSJCyL suspende las actividades no jurisdiccionales en Burgos como prevención frente al coronavirus
Tribunal Superior de Justicia Burgos. Foto: ICAL.

El TSJCyL suspende las actividades no jurisdiccionales en Burgos como prevención frente al coronavirus

Audiencias Provinciales de Castilla y León y juzgados decanos han exonerado a los abogados y procuradores de la obligación de vestir toga en los juicios
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11/3/2020 19:24
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Actualizado: 02/6/2021 14:31
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha acordado el cese de actividades que no tengan carácter estrictamente jurisdiccional en su sede de Burgos como medida de prevención para frenar el avance del coronavirus.

Además, se suspenden las visitas de escolares y de centros cívicos, así como otras acciones de formación que se celebran en el Palacio de Justicia de Burgos. 

Las representaciones de juicios simulados, que se realizan en las distintas sedes judiciales de la comunidad dentro del programa ‘Educar en Justicia’ para acercar el trabajo de los tribunales a estudiantes de ESO y Bachillerado, quedan suspendidas en todas las provincias de la comunidad.

Se exime del uso de togas

Por otro lado, las Audiencias Provinciales de Valladolid, Salamanca, Segovia y Ávila, así como los juzgados decanos han exonerado a los abogados y procuradores de la obligación de vestir toga en los juicios para evitar contagios, ya que, en muchas ocasiones, esta prenda no es propiedad de los operadores jurídicos sino que son prestadas por sus colegios profesionales y, por tanto, de uso compartido.

Los consejos de las audiencias afectan también a los micrófonos de las salas de vistas, por lo que el TSJCyL recomienda a los profesionales que guarden una distancia prudente a la hora de utilizar estos dispositivos y que no los toquen.

Se contempla también recurrir a la videoconferencia para las declaraciones de aquellas personas que tengan que intervenir en un juicio y que provengan de zonas de riesgo.

Asimismo, restringir el acceso de público y familiares a las salas de vista, así como celebrar juicios a puerta cerrada cuando las circunstancias lo exijan, sin perjuicio de permitir la asistencia de medios de comunicación, que garantizan así la suficiente publicidad de las actuaciones.

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