Justicia aprueba una resolución sobre seguridad laboral para hacer frente al coronavirus
El ministro Juan Carlos Campo, flanqueado por Pablo Zapatero, secretario de Estado, en primer término, y por Borja Vargues, secretario general para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, durante la reunión telemática con los consejeros de Justicia de las 12 comunidades autónomas con competencias transferidas. Foto: MJ.

Justicia aprueba una resolución sobre seguridad laboral para hacer frente al coronavirus

Contempla medidas preventivas de protección individual y colectiva, así como un protocolo de actuación para positivos y aislamientos
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23/3/2020 17:35
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Actualizado: 23/3/2020 18:04
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El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha aprobado este lunes una resolución sobre seguridad laboral en la Administración de Justicia para hacer frente a la pandemia de coronavirus (COVID-19).

Las medidas aprobadas han sido adoptadas de forma coordinada con las comunidades autónomas con competencias transferidas, en consulta con el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y la Fiscalía General del Estado, y de conformidad con las recomendaciones de la autoridad central sanitaria.

La resolución contempla medidas preventivas frente al coronavirus, un protocolo ante casos positivos y situaciones de aislamiento y determina qué se consideran exposiciones de riesgo.

En este sentido, explica que «cualquier medida de protección debe anteponer la protección colectiva a la individual» y que las «medidas de protección individual deberán ser proporcionales al riesgo laboral o profesional».

DESCARGAR: Resolución sobre seguridad laboral

Medidas preventivas

Considera medidas de protección colectiva no permitir el acceso a la sede judicial, salvo que medie la justificación correspondiente; limitar el número de personas que accede y el tiempo de exposición al mínimo posible; disponer de geles de base alcohólica o soluciones hidroalcohólicas que deberán ser utilizados sistemáticamente por todas las personas tras rebasar la puerta de la sede judicial.

Asimismo, dotar de mascarilla al detenido, así como al acompañante si su presencia fuera necesaria cuando sea imprescindible el acceso a la sede y se manifieste algún tipo de afección respiratoria (tos o estornudos); establecer distancias mínimas de seguridad de al menos 2 metros.

También dotar de elementos de protección colectiva en los puestos de atención al público (mamparas de seguridad, cintas de seguridad, balizamiento…) para evitar interactuaciones con el público y posibles salpicaduras por tos o estornudos involuntarios e intensificar las actuaciones de limpieza y desinfección de las superficies y espacios de trabajo.

Medidas de organización del trabajo

En cuanto a las medidas de organización del trabajo, la resolución del Ministerio de Justicia aboga por fomentar la utilización de los medios telemáticos disponibles; excluir de las dotaciones de servicios esenciales a las personas que puedan ser consideradas como especialmente sensibles; coordinar los desplazamientos urgentes e inevitables a centros sanitarios, penitenciarios, de menores o residencias de mayores para garantizar la protección adecuada.

En la misma línea, limitar, en todo lo posible, los traslados de detenidos y presos a la sede judicial, arbitrando el sistema de videoconferencia o cualquier otro que permita la comunicación bidireccional de sonido e imagen, así como fijar el debido distanciamiento temporal de los señalamientos o citaciones, para evitar la acumulación de personas en las sedes judiciales, y favorecer las tareas de limpieza de las salas entre señalamientos.

Sobre las «medidas de protección individual no exhaustivas», el Ministerio de Justicia, en línea con las autoridades sanitarias, recomienda una adecuada y frecuente higiene de manos con agua y jabón; cubrir la boca y nariz al toser o estornudar con un pañuelo desechable o hacerlo con la parte interna del codo; mantener distancia de seguridad y no compartir objetos de uso personal como bolígrafos, vasos y similares, entre otras medidas.

En cuanto al entorno de trabajo, apunta medidas informativas para trabajadores y público, como la colocación de carteles informativos en áreas de trabajo, aseos y zonas comunes; prestar una limpieza y desinfección frecuente así como intensificar la ventilación.

Protocolo para casos positivos y aislamiento

Respecto a los casos positivos y/o de aislamiento, determina que el afectado tendrá que comunicar la situación de incapacidad temporal a través de la gerencia territorial u órgano equivalente de la comunidad autónoma, comunicar la situación a sus respectivos superiores e informar al entorno laboral más cercano.

Por su parte, el superior jerárquico o funcional del trabajador tendrá que adoptar, entre otras medidas, las decisiones organizativas oportunas para garantizar la prestación de los servicios esenciales.

Asimismo, la gerencia territorial u órgano equivalente de la comunidad autónoma darán las instrucciones pertinentes a las empresas de limpieza para la desinfección del puesto de trabajo y zonas comunes.

Exposiciones de riesgo

Por último, el Ministerio de Justicia considera exposiciones de riesgo «aquellas situaciones laborales en las que se puede producir un contacto estrecho con un caso confirmado de infección por el SARS-CoV-2 sintomático».

De este modo, explica que se entiende por contacto estrecho «el de cualquier trabajador que proporciona atención o cuidados a un caso probable o confirmado sintomático».

«Asimismo, el de cualquier trabajador que esté en el mismo lugar y una distancia menor de dos metros que un caso probable o confirmado sintomático».

Establece también que son exposiciones de bajo riesgo aquellas «situaciones laborales en las que la relación que se pueda tener con un caso probable o con un caso confirmado no incluye un contacto estrecho».

Y se considera baja probabilidad de exposición la de las «personas que no tienen atención directa al público o, si la tienen, se produce a más de dos metros de distancia, o disponen de medidas de protección colectiva que evitan el contacto tales como mamparas de cristal otros similares».

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